Finalmente, la norma también indica que la presente resolución ministerial se debe publicar en el portal institucional del Produce. (Foto: Sanipes)
Finalmente, la norma también indica que la presente resolución ministerial se debe publicar en el portal institucional del Produce. (Foto: Sanipes)
Redacción Gestión

El autorizó la transferencia de S/ 2′300,668 a favor del Organismo Nacional de Sanidad Pesquera (Sanipes) para la ejecución de actividades de evaluación hidrobiológica.

Mediante la Resolución Ministerial Nº 00270-2022-Produce, publicada hoy en el diario El Peruano, se aprobó dicha transferencia con cargo a los recursos recaudados por concepto de derechos de pesca, en la fuente de financiamiento de recursos directamente recaudados.

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El dispositivo legal detalla la ejecución de las siguientes actividades:

  • Hitos 3 y 4 de la actividad “Evaluación de contaminantes ambientales y condiciones físico-químicas en recursos hidrobiológicos de importancia comercial de la zona literal del Perú”, para la cual se destina S/ 1.2 millones.
  • Hito 4 de la actividad “Revaluación Sanitaria de las áreas de producción de moluscos bivalvos de la zona 012 bahía Sechura”, destinándosele S/ 1.7 millones.

Además, la norma dispone que, previamente a la ejecución de las actividades señaladas, se proceda conforme a lo establecido en el “Reglamento de Funcionamiento de la Comisión Especial encargada de analizar, evaluar, aprobar y priorizar la ejecución de actividades y/o proyectos con fines de investigación científica, tecnológica, capacitación y otros vinculados al desarrollo pesquero, con cargo a los recursos provenientes de los derechos de pesca”.

Cabe mencionar, que los recursos financieros de la mencionada transferencia no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.

Según e, el Ministerio de la Producción tiene que destinar recursos para la ejecución de actividades y/o proyectos con fines de investigación científica, tecnológica, capacitación y otros vinculados al desarrollo pesquero y/o acuícola.

Finalmente, la norma también indica que la presente resolución ministerial se debe publicar en el portal institucional del Produce.

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