Primera sanción a microempresas ya no será económica, ahora apostarán por capacitar.

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LUGAR: SOCABAYA
Primera sanción a microempresas ya no será económica, ahora apostarán por capacitar. FOTO: HEINER APARICIO LUGAR: SOCABAYA
Redacción Gestión

Pese a las 14 observaciones del Poder Ejecutivo, el pleno del aprobó, por insistencia, la autógrafa de ley que propone modificar el Decreto Legislativo 816, Código Tributario. El cambio está relacionado con las .

El objetivo, expuesto durante el debate, es establecer cursos de capacitación como medida preventiva para las microempresas, en el marco de la potestad sancionadora de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria ().

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En concreto, esto evitaría que los emprendedores sean sancionados económicamente desde el primer momento, pues, considera la propuesta legislativa, “se afecta su sostenibilidad”.

"En la función de administración, fiscalización y control por incumplimiento de obligaciones tributarias de las microempresas, cuyas ventas anuales sean hasta 150 UIT, e independientemente del régimen tributario en el que se encuentren, ante la primera infracción cometida o detectada por la Sunat corresponde aplicar, con antelación a la aplicación de la sanción correspondiente, la obligación de asistir a un curso de capacitación, como medida preventiva, la que procede una sola vez por cada tipo de infracción tributaria establecida en el artículo 172 del Código”.

Tania Ramírez García, presidenta de la Comisión de Producción, Micro y Pequeña Empresa y Cooperativas señaló que “la Sunat, en lugar de imponer una multa en la primera infracción, debería asistir y capacitar al contribuyente. Si reincide, entonces sí corresponderían las sanciones económicas (...)”.

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Para la congresista esta medida no implica una condonación ni el debilitamiento del régimen sancionador, sino que representa una sanción de carácter formativo, orientada a promover el conocimiento tributario, la formalización y el cumplimiento de las obligaciones fiscales.

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