El Gobierno de la presidenta Dina Boluarte promulgó este miércoles 7 de junio la Ley 31775 que dispone que el que participa en acuerdo o práctica anticompetitiva para impedir, restringir o distorsionar la libre competencia será reprimido con pena privativa de la libertad no menor de dos ni mayor de seis años, con 180 a 365 días multa e inhabilitación.
De acuerdo con la norma publicada hoy en el boletín del diario El Peruano la medida se basa en la modificación del Código Penal para sancionar el abuso del poder económico; y la del Decreto Legislativo 1034 que aprueba la Ley de Represión de Conductas Anticompetitivas.
El objetivo, es fortalecer la labor del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) y del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel) para combatir prácticas anticompetitivas.
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“El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) y el Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel) en el plazo máximo de 5 días hábiles contados a partir de la emisión de la resolución firme sobre la existencia de un acuerdo o práctica anticompetitiva sujeto a una prohibición absoluta establecida en el Decreto Legislativo 1034, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Represión de Conductas Anticompetitivas, o norma que lo sustituya, pone en conocimiento del Ministerio Público, bajo responsabilidad institucional, dicha resolución así como la calidad de la identidad del delator”, indica el dispositivo legal.
El dispositivo lleva la firma de la presidenta de la República, Dina Boluarte; y de la ministra de la Mujer, Nancy Tolentino, como encargada de la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM).
Aprobación del dictamen
El pasado 5 de mayo, el pleno del Congreso aprobó el dictamen con 107 votos a favor y cuatro abstenciones y lo exoneró de una segunda votación con 107 votos y tres abstenciones, con lo cual la propuesta legislativa quedó expedita para la continuidad de su trámite como autógrafa y su conversión en ley.
Se trata de la iniciativa de autoría de la congresista Adriana Tudela (Avanza País), que fue dictaminada en forma conjunta y consensuada a través de un texto sustitutorio preparado por la comisión principal y la segunda, la Comisión de Justicia y la de Defensa del Consumidor, respectivamente.
La sustentación la hicieron los presidentes de ambas comisiones, Américo Gonza (Perú Libre) y Elías Varas (Perú Bicentenario), quienes explicaron sobre las modificaciones que implicaba la aprobación de la iniciativa legislativa.
Durante su exposición, el congresista Gonza Castillo se refirió a las manifestaciones de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), en las que indica que las prácticas colusorias más graves, como la de los cárteles, merecen especial reproche por parte de la sociedad y el Estado. En esa línea, la OCDE recomienda sanciones para este tipo de conducta.
En tanto, el legislador Varas Meléndez indicó que la propuesta legislativa buscaba precisar el tipo penal del delito del abuso del poder económico y fomentar la libre competencia en lucha contra los cárteles.
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