
La Municipalidad de Lima (MML) y Lima Expresa continúan en medio de controversias. La clave está en el laudo parcial extranjero del 09 de enero de 2024, rectificado el 24 de junio de 2024, ante la Cámara de Arbitraje Internacional de París, vinculado a la Vía Expresa Línea Amarilla.
En buena cuenta dicho laudo validó el contrato de concesión de la Línea Amarilla y sus adendas. Ya la MML se ha mostrado en clara oposición a ello e incluso se negó a darle cumplimiento.
“La Procuraduría de la MML se opone al reconocimiento del laudo, alegando que viola el orden público internacional, ya que pretende legitimar contratos cuestionados judicialmente por la corrupción, en contravención a la Convención de Nueva York”, argumentó la municipalidad el pasado 01 de septiembre en un comunicado.
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El pedido ante el Poder Judicial
En este contexto, a finales del año pasado, Lima Expresa pidió ante la Corte Superior de Justicia de Lima, primera sala civil subespecialidad comercial, que el laudo sea reconocido.
Durante el proceso, la MML refutó que “a pesar de los indicios claros y concordantes de corrupción presentados ante el Tribunal Arbitral, no fueron debidamente analizados”. Luego, señaló que el no reconocimiento del laudo parcial extranjero está justificado, “al haber sido emitido en el marco de actos de corrupción, ya que no cumple con los principios de equidad, transparencia y justicia que deben regir toda actuación administrativa”.
Pese a esta defensa, el último miércoles, finalmente se obtuvo una respuesta, según revisó Gestión. En resumen, se declaró infundada la oposición formulada por la Municipalidad Metropolitana de Lima y fundada la solicitud de reconocimiento del laudo extranjero formulada por Lima Expresa.
“Se tiene por reconocida la validez y eficacia legal en el Perú, del laudo parcial extranjero del 09 de enero de 2024, rectificado el 24 de junio de 2024, expedido en el arbitraje “CAIP - caso N° 3286”, por el tribunal arbitral conformado por José Miguel Judice (presidente), Hugo Perezcano y Gaetan Verehoosel FC, en el proceso arbitral seguido ante la Cámara de Arbitraje Internacional de París, entre la MML con Lima Expresa; sin costas y costos", se lee.
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Es decir, al haber quedado el laudo parcial extranjero reconocido con calidad de cosa juzgada en el Perú, corresponde que la MML cumpla con lo dispuesto en dicho laudo. ¿Qué dice ese documento? Son tres puntos principales.
La MML tendría que acogerse a la entrega a Lima Expresa de la sede EMAPE, el Campo Juan –Vivero Santa Anita y el Campo Luis– Vivero Luis, por ser bienes de la concesión (espacios estaban previsto para obras de ampliación); la devolución de la garantía de fiel cumplimiento de US$ 8 millones; y la disposición a favor de Lima Expresa respecto a los fondos de la cuenta escrow (US$ 1.5 millones).
El Poder Judicial dejó claro que la decisión adoptada responde a las legaciones y medios de prueba de este proceso, por lo que, de haber nuevos hechos o nuevos medios de prueba que no se han aportado, las partes están habilitadas a ejercer su derecho como lo estimen pertinente conforme a la ley.
Pese a su decisión, la sala fue enfática en señalar que los hechos que ha alegado la MML para sostener que se han cometido actos de corrupción en el contrato de concesión, siguiendo las palabras del Tribunal Constitucional, dan cuenta de “circunstancias de extrema gravedad que deben ser esclarecidas por las autoridades nacionales competentes, pues de acreditarse la existencia de actos de corrupción en la celebración y ejecución de la relación contractual, su validez estaría puesta en cuestión, sin perjuicio de otras consideraciones y consecuencias de orden jurídico”.

¿Y qué pasó con el laudo definitivo de abril del 2025?
Hay que aclarar que lo que el Poder Judicial revisó es el laudo parcial extranjero del 09 de enero de 2024, rectificado el 24 de junio de 2024, ante la Cámara de Arbitraje Internacional de París. Esto es relevante de considerar pues casi un año después, en abril del 2025, se dio un laudo definitivo.
Este último no fue llevado ante el Poder Judicial, aunque fuentes allegadas al sector no descartaron que Lima Expresa evalúe elevarlo también a esta instancia porque la MML tampoco estaría dispuesta a darle cumplimiento.
¿De qué se trata este documento? En el laudo del 2024 se determinó de una indemnización que se compensaría por peaje o extensión de contrato. Aparentemente, en el texto de abril del 2025, la decisión fue ampliar el plazo contractual.
Esto se vio reflejado en los estados financieros semestrales al 30 de junio de 2025 de Vinci (matriz de Lima Expresa): “Mediante un laudo definitivo emitido el 9 de abril de 2025, el tribunal arbitral determinó que, como compensación por dichas demandas reconvencionales, Lima Expresa tiene derecho a una extensión de la duración de la concesión de casi 6 años, y además condenó a la Municipalidad de Lima a compensar una parte de los gastos incurridos por Lima Expresa en relación con este procedimiento”.

Editora de Economía y coordinadora de ESG del diario Gestión. Licenciada en Ciencias de la Comunicación. Con casi 10 años de experiencia profesional en el rubro.