
El Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (Osinergmin) informó de los resultados del recurso de reconsideración que había planteado Gases del Pacífico (GDP) en contra de la regulación de tarifas de distribución de gas natural que había aplicado dicha entidad reguladora en diciembre último para el periodo 2025-2028.
Como hemos informado, GDP, que es filial de la colombiana Promigas, presentó el citado recurso, al considerar que las nuevas tarifas de distribución que dispuso Osinergmin, y que eran 32% más bajas que la tarifa establecida en su contrato de concesión, no permitía cubrir sus operaciones ni reconocía sus inversiones por US$340 millones.
Ante esa situación, la Sociedad Peruana de Hidrocarburos (SPH) había advertido que, si no se atendía la demanda de la empresa ésta podría presentar una demanda de arbitraje ante el CIADI e incluso devolver la concesión al Estado, tras criticar el procedimiento para la regulación tarifaria.
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¿Cuál es la tarifa para el usuario final?
En esta ocasión, Osinergmin informa que, como resultado de la resolución que aplicó al recurso de reconsideración, se ha obtenido una tarifa al cliente final de US$14.66 por millón de BTU (MMBTU), y que representa una reducción para los usuarios.
Es válido recordar que el reclamo de GDP es específicamente por las tarifas referidas al servicio de distribución del gas natural en el área de su concesión (que abarca las ciudades de Huaraz, Chimbote, Trujillo, Pacasmayo, Chiclayo, Lambayeque y Cajamarca).
Sin embargo, la tarifa mencionada por Osinergmin comprende no sólo la distribución, sino a la prestación total del servicio, que abarca también el costo en sí del gas natural licuado, su transporte virtual (en camiones especiales) y su regasificación (en la zona de distribución), según indica el regulador en una nota de prensa.
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Componentes de las tarifas de gas
“Cabe recordar que la tarifa final de gas natural está conformada por el costo de la molécula del gas, el transporte virtual (traslado del hidrocarburo por cisternas desde la planta Melchorita ubicada en Cañete hasta Chimbote y a las zonas de consumo en las ciudades de Huaraz, Chimbote, Trujillo, Pacasmayo, Chiclayo, Lambayeque y Cajamarca), la regasificación y distribución por ductos”, indica la entidad.
Explica además que esta disminución de la tarifa a cliente final obedece principalmente a la diferencia en los precios del transporte virtual, donde el contrato de concesión de GDP señalaba un costo de US$4.44 por MMBTU (vigente hasta el 30 de diciembre del 2024) respecto a US$1.37 MMBTU regulado por Osinergmin para el periodo 2025 – 2028.
Sin embargo, la nota de prensa no detalla, porcentualmente cuál es la variación respecto a las tarifas para el usuario final que se está reemplazando ahora con esta nueva resolución, información que Gestión solicitó a Osinergmin, pero que hasta el cierre de este reporte no recibió.
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Señala que se garantiza el servicio
En general, en el citado documento, la entidad refiere que estableció precios justos y eficientes en base a criterios técnicos y legales, tanto para los usuarios finales como para la empresa concesionaria.
“Así estas tarifas garantizan la sostenibilidad y la calidad del servicio de gas natural, lo que a su vez contribuye con el abastecimiento eficiente, seguro y continuo de dicho servicio a la ciudadanía”, anotó.
La regulación se da, añadió, conforme a Ley, tras cumplirse los ocho años de vigencia de las tarifas iniciales de gas natural determinadas en el contrato de concesión.
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