Hoy se publicó la Ley Nº 31866, que modifica la Ley General de Bodegueros, con el objetivo de impulsar la formalización de la actividad de estos microemprendedores. La propuesta es modificar las vías de acceso para iniciar el trámite correspondiente a las licencias de funcionamiento.
En concreto, la nueva norma modifica el artículo de la ley general correspondiente a la simplificación de trámites. “La presentación de documentos para obtener la licencia provisional de funcionamiento se puede realizar de manera virtual a través del portal web de la municipalidad distrital o municipalidad provincial de la jurisdicción correspondiente”, señala el documento.
Además, se establece que las licencias de funcionamiento provisionales se entregan automáticamente, luego de tener la conformidad de zonificación y compatibilidad de uso necesaria. Este permiso, dice la ley, tendrá una vigencia de 12 meses.
Este plazo servirá para que las entidades municipales detecten irregularidades. En caso de que no existan o hayan sido subsanadas en el año de autorización provisional, la norma señala que se emitirá la licencia de funcionamiento definitiva de manera automática y sin costo asociado, máximo en 10 días calendario posteriores al vencimiento del permiso temporal.
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Adecuación
La Ley Nº 31866 también indica consideraciones importantes en sus dos disposiciones complementarias. La primera exige al Poder Ejecutivo, específicamente al Ministerio de la Producción (Produce), que adecue el Reglamento de la Ley Nº 30877, que es la Ley General de Bodegueros, a la norma emitida hoy en los próximos 30 días hábiles.
La segunda disposición es un llamado para que los gobiernos locales, a partir de un trabajo coordinado con la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM), perfeccionen sus portales web institucionales para hacer viable la presentación de los documentos pertinentes para obtener la licencia provisional de funcionamiento.