Los trámites relacionados con las garantías mobiliarias, que se pueden traducir como el uso de un bien mueble como respaldo para una deuda u obligación, ya no requerirán la intervención de un notario. Hablamos del uso de bienes como vehículos, aparatos electrónicos, mobiliario, entre otros.
Ahora, estos acuerdos podrán formalizarse a través de documentos privados, sin necesidad de escritura pública ni certificación de firmas. ¿Por qué se da este cambio?
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¿Qué plantea el nuevo régimen de garantía mobiliaria?
El Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1400, que regula el Régimen de Garantía Mobiliaria, ha eliminado la exigencia de intervención notarial en la constitución, modificación y cancelación de garantías sobre bienes muebles. Ahora, estos actos pueden formalizarse mediante documentos privados, sin necesidad de escritura pública ni certificación de firmas.
Además, la inscripción en el Sistema Informativo de Garantías Mobiliarias (SIGM) ya no es obligatoria para la validez del acuerdo entre las partes, aunque aún es recomendable para garantizar su oponibilidad frente a terceros.
En cuanto a la ejecución de la garantía, el reglamento permite que el acreedor pueda adjudicarse el bien sin requerir un proceso judicial, salvo en casos específicos.
Si la ejecución implica la transferencia de bienes sujetos a registro, como vehículos o aeronaves, se deberá cumplir con las formalidades exigidas por el Registro Jurídico de Bienes, lo que en algunos casos podría requerir un trámite notarial. Asimismo, cuando un bien se adjudica a un tercero en una ejecución extrajudicial, la formalización deberá hacerse mediante escritura pública.
El nuevo marco normativo también establece que los trámites relacionados con estas garantías podrán realizarse de manera remota a través del SIGM, permitiendo la inscripción y consulta en línea sin necesidad de acudir a una oficina notarial o registral.
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Rapidez y accesibilidad
Sergio Rodríguez, asociado principal de PPU, sostiene que esta medida busca agilizar las transacciones comerciales y reducir costos, facilitando así el acceso al crédito. En el sistema anterior, la intervención del notario y la calificación registral añadían costos y tiempo al proceso, lo que en algunos casos podía retrasar el desembolso de financiamientos hasta varias semanas.
“Con el nuevo esquema, la inscripción de garantías será más rápida y accesible, beneficiando principalmente a pequeñas y medianas empresas que antes enfrentaban barreras burocráticas”, resalta.
Subraya que este modelo ya ha sido implementado en otros países, como Colombia y Estados Unidos, donde ha demostrado ser eficaz para agilizar transacciones sin necesidad de una revisión previa de las autoridades registrales. En este sentido, la confianza en el sistema y la responsabilidad de verificar la validez de los actos recaerán directamente sobre las partes involucradas, eliminando intermediarios que antes ralentizaban los procesos.
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Los riesgos de suplantación de identidad y fraude
La eliminación del control notarial también genera preocupaciones en cuanto a la seguridad jurídica. Gustavo Yokoo, Counsel en Payet, Rey, Cauvi, Pérez Abogados, advierte que una de las funciones clave del notario y del registrador era verificar la identidad de las partes y la validez del acto, asegurando que las garantías fueran otorgadas por personas con facultades legítimas.
Con el nuevo sistema, basado en la inscripción directa en un Sistema Informativo de Garantías Mobiliarias, la ausencia de calificación registral podría aumentar el riesgo de suplantación de identidad y fraude.
El abogado explica que en un contexto donde la inseguridad y las estafas son problemas recurrentes, la eliminación de estos filtros podría derivar en inscripciones irregulares o incluso fraudulentas.
Antes, la intervención notarial y la revisión de Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp) servían para validar los poderes y prevenir estos riesgos, pero ahora el sistema se basa en la buena fe de los usuarios. Esto deja abierta la posibilidad de que personas sin facultades inscriban garantías sobre bienes ajenos o que se realicen inscripciones sin el consentimiento del titular del bien.
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Carga de verificación para los bancos
Otro desafío del nuevo sistema es la interoperabilidad con otras bases de datos. Yokoo señala que bajo el régimen anterior, la calificación registral permitía verificar si un bien ya tenía gravámenes previos o si la persona que lo ofrecía como garantía era realmente su propietaria.
Con la eliminación de este control, las entidades financieras deberán asumir una mayor responsabilidad en la validación de la información, lo que podría derivar en un endurecimiento de las políticas crediticias.
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Mecanismos para mitigar los riesgos del nuevo sistema
Ante estas preocupaciones, los abogados coinciden en que el éxito del nuevo sistema dependerá de los mecanismos de control y validación que se implementen.
Una de las soluciones propuestas es la incorporación de firmas electrónicas avanzadas y autenticación biométrica en la inscripción de garantías, lo que permitiría reducir los riesgos de fraude sin necesidad de reintroducir la intervención notarial.
Además, se sugiere que Sunarp implemente auditorías postregistro para detectar y corregir irregularidades, garantizando que el dinamismo del mercado no se vea comprometido por problemas de seguridad jurídica. Este tipo de auditorías permitirían mantener la rapidez del proceso sin renunciar a un mínimo de control sobre la validez de las inscripciones.
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Abogado especialista encargado de Enfoque Legal en Diario Gestión - Actualmente, ocupa la posición de analista legal en el área de Economía en el Diario Gestión.
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