La aplicación de la nueva ley de negociación colectiva en el Estado (Ley N° 31188), se ha convertido en un problema para la sostenibilidad fiscal del país. Durante su primer año de aplicación, en el 2022, no solo hubo acuerdos con sindicatos por encima de la disponibilidad presupuestal, sino que las entidades públicas no respetaron las reglas que se establecieron en la norma para lograr acuerdos colectivos.
Esta situación, de lograr acuerdos económicos para los trabajadores públicos más allá de los límites presupuestales del Estado, se da porque la Ley N° 31188, aprobada por el Congreso de la República en el 2021, eliminó la obligatoriedad de respetar el informe económico del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), en el cual se establecía el tope de recursos disponibles para la negociación colectiva en el sector público.
Es decir, la norma permite que los sindicatos y las entidades del sector público negocien beneficios económicos para los trabajadores, sin límites, ya que los topes presupuestales son solo referenciales.
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Así, los resultados de los acuerdos colectivos del 2022 han prendido las alarmas en el Gobierno sobre la sostenibilidad financiera de los mismos. Y es que en el Módulo de Negociación Colectiva del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) se han registrado convenios colectivos, actas de conciliación y laudos arbitrales por S/ 7,830 millones, más de cinco veces por encima de la disponibilidad presupuestal establecida por el MEF que era de S/ 1,461 millones. (ver tabla)
Propuesta de sanciones
Es tanta la preocupación del MEF sobre el impacto que puede crear el no respetar los topes presupuestales en el negociación colectiva, que el Gobierno ha propuesto que los funcionarios que firmen acuerdos colectivos con los sindicatos, por encima de lo que se señala en el informe de viabilidad presupuestal, puedan ser sancionados hasta con pena de cárcel.
“Los funcionarios o servidores públicos suscriban actas de suscriban actas de conciliación o convenios colectivos, o los árbitros que emitan laudos arbitrales que excedan os recursos determinados en el informe de viabilidad presupuestal o que contravengan las disposiciones de la Ley N° 31188 y normas reglamentarias, incurren en responsabilidad administrativa, civil o penal, según corresponda”, se precisa en el proyecto de ley en el que el Poder Ejecutivo solicita al Congreso se permita aumentar el presupuesto público del 2023, vía créditos suplementarios, por más de S/ 8,000 millones.
De esta manera, se busca obligar a los funcionarios y árbitros responsables de decidir sobre la negociación colectiva del Estado a que respeten tanto los límites presupuestales como las reglas que se establecen la norma que regula este proceso.
Para el exministro de Economía y Finanzas, Carlos Oliva, el planteamiento del Gobierno es una muy buena medida para poder controlar el uso adecuado de los recursos públicos, aunque duda que el Congreso pueda aprobarlo. “Si lo hace sería un golazo para el MEF”, dijo a Gestión.
Para Oliva, no solo los funcionarios que negocian con los sindicatos deberían tener responsabilidad, sino también debería incluirse a los titulares de las entidades públicas. El exministro califica a los excesos en los acuerdos colectivos como un “robo”.
“Se están apropiando de plata pública del Estado sin ningún mérito, en base a la coerción o en base a componendas, de las cuales los funcionarios también son beneficiarios. Si le dan la razón al sindicato ellos también van a cobrar. No hay méritos, no hay mejora de servicios que justifique los beneficios. Para mí eso es un robo, figurativamente hablando”, afirmó.
En ese sentido, la expresidenta de Servir, Janeyri Boyer, explicó que si bien los acuerdos colectivos no alcanzan a los funcionarios que ocupan puestos de confianza, que son quienes firman los acuerdos con los sindicatos, sí existe la posibilidad de que estos también reclamen los beneficios logrados.
Boyer explicó que hay funcionarios de carrera, en los regímenes 276 o 728, que temporalmente ocupan cargos de confianza, pero que luego retornan a sus puestos. Si uno de ellos tiene la responsabilidad de la negociación una vez que vuelva a su puesto, podría reclamar el beneficio que él mismo aprobó. Esta situación no está regulada en las norma de negociación colectiva.
Incumplimiento de la ley
En la negociación colectiva del 2022 además de no respetarse la disponibilidad presupuestal, hubo entidades que tampoco respetaron las reglas establecidas para los procesos.
La expresidenta de Servir, Janeyri Boyes, afirmó que según la ley de negociación colectiva en el sector público existen dos tipos de negociación: la centralizada y la descentralizada. La primera permite una negociación general y los acuerdos se aplican a todos los trabajadores del sector público. La segunda se hace en cada una de las entidades, pero en caso ya se haya logrado mejoras remunerativas en la negociación centralizada, estas no pueden volver a negociarse en la descentralizada.
En julio del año pasado servir anunció que el Estado y los representantes de las centrales sindicales de las confederaciones estatales llegaron suscribieron un convenio colectivo centralizado, con mejoras económicas para los servidores de todos los regímenes de contratación, considerando incrementos en su remuneración mensual.
Estas mejoras están diferenciadas según el régimen de contratación y se hacen efectivas a partir de enero de este año. Asimismo, se les otorgó un bono de S/ 550 para todos los servidores públicos, que se hizo efectivo en diciembre del año pasado.
Solo los trabajadores de las carreras especiales de salud y educación, no estaban incorporados en estos beneficios y tuvieron que negociar a nivel descentralizado en el ámbito sectorial. Aquí están incluidos el personal de los regímenes establecidos en las reformas de salud y magisterial, cuya escala salarial se ajusta cada año.
Sin embargo, a pesar de que ya existía una mejora salarial para todos los trabajadores del sector público, hay sindicatos que volvieron a negociar este mismo tema directamente con las instituciones que los emplean, lo cual no se puede hacer, de acuerdo con la norma.
Gestión supo que uno de los casos que más ha llamado la atención del MEF es el de EsSalud, que tuvo su propio acuerdo de mejora remunerativa, además de la que ya se había dado a nivel centralizado. El costo de esta decisión para el seguro social es de S/ 800 millones.
Janeyri Boyer refirió que EsSalud es un caso especial, pues si bien está incluida en el Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (Fonafe) en la que están todas las empresas públicas que no se incluyen en los acuerdos de la negociación centralizada, no está considera como una empresa pública sino una entidad pública por estar adscrita al Ministerio de Trabajo.
Otro caso en el que no se respetó la ley de negociación colectiva fue el de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp), que viene solicitando al al MEF recursos por S/ 46.9 millones, que es el costo de dos laudos arbitrales. Uno a favor del Sindicato de Trabajadores de la Zona Registral N. IX - Sede Lima (SITRA N° lX) con vigencia de un año, en el que se debe pagar un “Bono por cierre de pliego” por S/ 27,000 por cada trabajador afiliado, una compensación económica a favor del personal que realiza trabajo remoto por S/ 600 y un bono al sindicato por S/ 20,000.
Un segundo laudo arbitral emitido a favor de la Federación de Trabajadores del Régimen de Contratación Administrativa de Servicios (FETRACAS) con una vigencia de dos años, obliga a la entidad a pagar una bonificación por racionamiento S/ 4 por día de trabajo, una bonificación por movilidad S/ 4 por día de trabajo, una bonificación por cierre de pliego de S/ 20,000 a la federación (S/ 10,000 por año) y un “bono por cierre de pacto” de S/ 25,000 por cada afiliado (S/ 12,500 por año).
Estos beneficios solo para afiliados de los sindicatos se dan a pesar de que la Ley 31188 señala que los beneficios deben otorgarse a todos los servidores públicos en el ámbito de negociación colectiva.
Situaciones similares se observan en los acuerdos obtenidos en las negociaciones del Reniec, cuyos acuerdos cuestan S/ 10.8 millones, el Archivo General de la Nación, el Proyecto Especial Chinecas, el Gobierno Regional de Puno – Unidad ejecutora Transportes Puno, el Proyecto Especial Chavimochic, la Municipalidad Distrital de Ate, la Municipalidad Distrital de San Miguel, entre otras.
Otros problemas
Como ya se mencionó, los únicos que podían negociar mejoras remunerativas de manera descentralizada eran las carreras especiales de salud y educación. Pero aquí también se detectaron problemas.
En el caso de educación la cláusula del acuerdo no coincide con lo negociado y se utilizó un informe presupuestal equivocado, mientras que en salud las cláusulas son declarativas sin impacto presupuestal lo que generaría después demandas adicionales de recursos al tesoro público.
A ello se suma que en la negociación descentralizada, realizada por cada entidad, el espacio presupuestal de los convenios está cargo de los saldos de balances de cada una de estas y al no contar con los recursos disponibles se realizan demandas de recursos adicionales al MEF.
También se ha identificado que estas negociaciones no cuentan con informe de viabilidad presupuestal o este es deficiente. Además, la redacción de las cláusulas del acuerdo colectivo no permite realizar un adecuado costeo y ejecución de lo acordado, sumado a que se acuerdan materias prohibidas por la norma.
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