El Decreto Supremo 001-2022-TR, que restringió el uso de la tercerización laboral, sigue en debate en un número de fueros legales, incluyendo el Poder Judicial y el Indecopi. Ante ello, Gestión conversó con el Ministro Eduardo García para saber como se tratará dicha norma a futuro.
1. ¿Se ha considerado modificar o derogar el Decreto Supremo que restringió el uso de la tercerización laboral?
Con la tercerización, es necesario empezar por analizar el problema, más allá de la norma. En la tercerización había problemas. Cada 9 de 10 accidentes mortales en el sector minera eran en las contratas y no en las empresas principales. Lo mismo se da en las tasas de fiscalización. En la principal era el 35% y en las contratistas, el 12%. También hay una gran diferencia en cuanto a recurrir a las modalidades de contratos temporales.
2. Entonces, ¿habrá modificación o no?
Estos problemas que te comento requerían atención. Esa atención debía ser el producto del dialogo social y se dio una norma sin acudir al dialogo social. La solución no es derogarlo sin dialogo social. Sería volver al problema anterior, que requería ajustes. Creo que es importante que dentro del Consejo Nacional del Trabajo se pueda retomar la discusión sobre la tercerización.
Si es que no es posible retomar el dialogo social el único espacio que quedará para solucionar el Decreto Supremo 001 será el ámbito judicial.
La visión institucional más allá de opiniones o posturas individuales que pueda tener yo es que hay un decreto supremo dado por el Poder Ejecutivo y que se está discutiendo en el ámbito judicial y deberá seguir.
3. ¿Podría decirse que el ministerio sí está dispuesto a ir al dialogo social para modificar o inclusive derogar la norma para emitir una consensuada?
Las normas de todo tipo de materia deben ser objeto de revisión. La normativa laboral debe resolver problemas concretos. Cuando sale responde a una realidad y la realidad va cambiando. Todo el marco normativo debe responder a esa realidad y toda discusión debe darse con el dialogo social.
4. Por otro lado, el decreto supremo que modificó el uso de huelgas fue publicado por el Ministerio pese a que formaba parte del Código de Trabajo, el cual se dijo se discutiría en el Consejo Nacional del Trabajo. ¿Se seguirá publicando normas relacionadas al Código de Trabajo en este estilo, sin pasar por el CNT?
Este tipo de norma, que puede traer un cambio favorabl,e debe pasar por el dialogo. Las normas que se han emitido, como la modificación del reglamento de sociedades colectivas, responde a una necesidad de actualizar el marco normativo. La norma de los años 90 obedecía a una época en la cual no existía la tercerización. Lo que hace el reglamento es adecuarse a la normativa internacional.
5. Pero la norma que antes le mencione se dice atenta contra el derecho internacional, al solo dar a los trabajadores la facultad de ir a arbitraje, creando una situación de desigualdad. ¿Partes como esa han sido materia de revisión desde que entró en la cartera?
No he tenido el tiempo para sentarme a revisar todas las disposiciones emitidas por la gestión anterior. Estamos en un momento muy complicado justamente porque no nos escuchamos y radicalizamos nuestras posturas. Si hay temas que revisar hay que hacerlo, pero mediante dialogo.
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