Médicos. (Foto: Fernando Sangama/ GEC)
Médicos. (Foto: Fernando Sangama/ GEC)

El Ministerio de Salud () aprobó los “Lineamientos para la habilitación del doble empleo o cargo público remunerado para profesionales médicos con o sin especialidad, en el marco de la Ley Nº 32145″, disponibles en la plataforma digital del ministerio.

La medida fue oficializada mediante la , que encarga a la Dirección General de Personal de la Salud la difusión, supervisión y evaluación de la implementación de dichos lineamientos.

La Ley Nº 32145, Ley de Reforma Constitucional del artículo 40 de la Constitución Política del Perú, modificó el primer párrafo del artículo 40 de la Constitución Política del Perú, para habilitar el doble empleo o cargo público remunerado al o asistencial de salud.

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En su momento se advirtió que el déficit de especialistas es una emergencia que no se puede resolver en el corto o largo plazo. Y que en la actualidad no existe suficiente recurso humano para cerrar la brecha de profesionales de la salud que tiene el sector.

Además, hay un gran número de especialistas que prefiere trabajar en las urbes y por eso se incrementa la necesidad de sus servicios en provincias.

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