Uno de los proyectos que trabaja el Ejecutivo es la Ley General de Ordenamiento Territorial, a propuesta de la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM), que entre otras medidas busca definir qué actividades económicas se puedan realizar y qué actividades no, aunque en este aspecto el Tribunal Constitucional ya se pronunció en contra de este tipo de medidas.
Ante ello, los ministerios de Energía y Minas (MINEM), del Ambiente (MINAM) y de Economía y Finanzas (MEF), fueron consultados sobre la propuesta de esta normativa, y en este caso Gestión conoció que el Ministerio del Ambiente considera que el proyectos es inviable.
Esta es una posición diferente a la que ha tenido el Ministerio de Energía y Minas que expresaba solo su preocupación al desarrollo de los proyectos mineros y de hidrocarburos, dando sus observaciones, pero la posición del MINAM ha sido más determinante y considera que la medida propuesta de la PCM no debería seguir.
Observaciones del MINAM
En el análisis realizado por el MINAM formula 16 observaciones al proyecto de ley de la PCM, en el que cuestiona el alcance de la norma, al crearse un Sistema Nacional de Ordenamiento Territorial que defina y regule las bases. Además, precisa que la norma ya la recoge la Constitución y otras reglamentaciones del Estado.
Otro aspecto relevante, es el carácter regional que se le impone a la norma para que ordene, mientras que el MINAM considera que esta tarea debe recaer en los tres niveles de gobierno.
Entre uno de los aspectos que trae la norma es que se busca proteger al territorio, sin embargo el MINAM sostiene que se debe conservar y hacer un uso sostenible de los recursos.
De otro lado, considera que ante una eventual rectoría del ordenamiento territorial no debería recaer en la PCM, sino en el Ministerio del Ambiente, no como propone inicialmente el Gobierno que sea una articulación entre la sociedad civil y el sector público, sino compatibilizar políticas, normas e instrumentos de ordenamiento territorial.
Uno de los puntos que observa el MINAM es que no se debe emitir “opinión previa”, sino solo una “opinión”, respecto a los proyectos de ley o normas que se formulen.
De la misma forma, reafirma que las regiones no deberían aprobar los planes de ordenamiento territorial, y por el contrario, sí promover y conducir a ese ordenamiento basado en las políticas y normas ya aprobadas, sujeto a opinión técnica favorable del ente rector.
En base a estas observaciones y otras adicionales, considera que el proyectos de ley no es viable, pese a las precisiones y la propuesta de norma que plantea.