Minem busca regular la comunicación de incidentes que afecten la operación de distribución de gas natural
Minem busca regular la comunicación de incidentes que afecten la operación de distribución de gas natural
Redacción Gestión

El presentó un proyecto de decreto supremo para la modificación del reglamento de distribución de por Red de Ductos, en su parte referida al reporte de accidentes en las tuberías que distribuyen ese combustible en el país,

La propuesta modifica el artículo 60 del citado reglamento, referida a los casos en que se produzca una rotura, avería, fuga, explosión o incendio en el sistema de distribución de gas natural, y en los cuales el concesionario debe adoptar acciones correctivas.

En tales circunstancias, se incorporaría al reglamento la obligación de que, al comunicarse esa emergencia, el concesionario deberá señalar como mínimo el lugar, tipo y hora del evento, en un plazo máximo de una hora de producida la emergencia, a las autoridades y dependencias que figuren en el Plan de Respuesta de Emergencias.

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Informe preliminar

Dispone que, dentro de las 24 horas siguientes de producida la emergencia, el concesionario deberá remitir informe preliminar al Osinergmin detallando lugar de la emergencia y los alcances y procedimientos de reparación y restauración.

Posteriormente, deberá enviar dentro de los diez días de producida la emergencia, un informe definitivo al citado ente supervisor, conforme las disposiciones que emita dicha entidad.

Las empresas deberán remitir también a la Dirección General de (del Minem) un informe preliminar a las 24 horas siguientes de ocurrida cualquier emergencia.

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Denuncias que presenten ciudadanos

Se plantea que el Osinergmin, en plazo de 90 días calendario, deberá implementar mecanismos tecnológicos y procedimientos para la recepción, respuesta y publicación de los resultados de supervisión de denuncias presentadas por los ciudadanos o autoridades relacionadas con las actividades de hidrocarburos.

A la vez, la propuesta del Minem plantea que el regulador además deberá publicar semestralmente (la relación de) los agentes que realicen actividades de hidrocarburos.

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