La Ley del régimen laboral agrario y de incentivos para el sector agrario y riego, agroexportador y agroindustrial (N° 31110) fue publicada en el 2020. Si bien la ley ha estado vigente en este tiempo, lo cierto es que quedaba pendiente el factor agroindustrial: mediante decreto supremo debía determinarse las actividades agroindustriales comprendidas en la ley.
Casi tres años después, finalmente el Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (Midagri) publicó el listado de actividades agroindustriales que estarán incluidas dentro del alcance de la Ley 31110, el cual contempla un número de beneficios laborales y tributarios para las empresas del rubro.
“Este DS que debió haber salido a los pocos días de aprobada y publicada la ley, no salió. Hemos tenido tres años de inestabilidad jurídica en el sector agrario. Esas actividades que se ven en el DS, entre ellas, las actividades de poscosecha, por ejemplo, los ‘packaging’, no estaban incluidas en la ley. Eso te muestra que un sector económico como el agrario no puede estar siendo maltratado y dejado de lado por parte de las autoridades”, dice Gabriel Amaro, presidente de AGAP.
La ley incorpora temas laborales, así como temas tributarios como una reducción de la tasa del Impuesto a la Renta a pagar a solo 15% hasta el 2030 (siempre que sus ingresos netos no superen los 1,700 UIT, es decir, S/8.4 millones), así como un aporte mensual a EsSalud con una tasa reducida hasta el 2025.
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Sectores incluidos
Se han incluido un total de 20 actividades agroindustriales, incluyendo aquellas vinculadas a la producción de carne y productos relacionados como son el cuero y la lana; a la elaboración de productos relacionados a la fruta y a aquellos llamados “poscosecha”.
“En nuestro caso, una de las actividades claves son las de poscosecha”, refiere Amaro.
Entre las actividades incluidas se considera a la producción de carne, producción de cueros y pieles procedentes de los mataderos, a la extracción de manteca de cerdo y otras grasas comestibles de origen animal, a la elaboración de despojos animales, a la producción de lana de matadero y a la producción de plumas y plumón.
Se encuentran excluidas las actividades relacionadas con las aves de corral, así como la producción de productos cárnicos como son las salchichas, morcillas, salchichón, chorizo, mortadela y otros embutidos, patés y jamón cocido. No se especifica una razón detrás de esta exclusión.
PricewaterhouseCoopers explica que existen diferencias entre las actividades agroindustriales que se consideraban en la anterior Ley Agraria y la de la Ley vigente. Tales diferencias son: se incorporó en la Ley Agraria vigente a las “actividades poscosecha”; se excluyeron de las actividades a la “Elaboración de azúcar” y se excluyeron las actividades relacionadas con las aves de corral, así como la producción de productos cárnicos.
Según explica Katarzyna Dunin-Borkowski, directora de PricewaterhouseCoopers, “se excluye de los beneficios de la Ley Agraria a las empresas que obtengan mas del 20% de sus ingresos netos por la elaboración de azúcar, producción carne de aves de corral, frescas, refrigeradas y congeladas”, lo cual indica será un golpe duro para estos subsectores.