
El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) fijó en cinco días hábiles el plazo máximo para presentar una apelación por el otorgamiento de una buena pro o actos previos a esta.
Esta disposición fue formalizada a través de la Resolución Directoral 0028-2025-EF/54.01, publicada en el diario oficial El Peruano.
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Esta nueva normativa corrige la anterior norma que establecía un plazo de ocho días hábiles para la apelación.
Según la norma, este plazo de apelación empieza a contarse a partir del día siguiente de la comunicación del otorgamiento de la buena pro, que se realiza por el sistema Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado (SEACE) de la Plataforma Digital para las Contrataciones Públicas (Pladicop).
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La norma ordena también que tanto la resolución como la versión actualizada de las bases estándar de licitación pública abreviada de obras sean publicadas en la página web del MEF para el conocimiento de la ciudadanía y personas vinculadas a estos trámites.
Finalmente, esta resolución directoral lleva la rúbrica de Walter Félix Carrillo Díaz, director general de la Dirección General de Abastecimiento, según lo publicado en El Peruano.
