El seguro de vida ley da cobertura en caso se produzca el fallecimiento del trabajador (muerte natural o accidental) o si queda con una invalidez permanente total. Foto: GEC.
El seguro de vida ley da cobertura en caso se produzca el fallecimiento del trabajador (muerte natural o accidental) o si queda con una invalidez permanente total. Foto: GEC.
José Carlos Reyes Leyva

Las empresas privadas tienen la obligación de contratar un seguro de vida ley a cada uno de sus trabajadores, el cual los protege desde el primer día en que inician labores. Lo mismo ocurre en el caso de las empresas públicas bajo el régimen de la actividad privada (decreto legislativo N° 728).

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