Las vacaciones fueron un leve dolor de cabeza para el Poder Ejecutivo luego que el presidente del Consejo de Ministros, César Villanueva, dijo que "el Perú tiene mayores días de vacaciones y se tiene que revisar", lo cual originó una serie de especulaciones.
¿Pero cuál es el marco legal que ahora rige sobre este beneficio que corresponde a los trabajadores formales? Renato Silva, gerente comercial de Alvisoft, indicó que los cambios hechos ha "sincerado" la forma cómo las empresas daban este beneficio a sus trabajadores.
"El decreto legislativo N° 1405 ha sincerado lo que pasaba cuando el trabajador pedía uno, dos o tres días a cuenta de sus vacaciones, pero eso antes no se permitía y lo mínimo que se permitía eran siete días", explicó.
En ese sentido, manifestó que ahora los trabajadores del sector privado pueden pedir un día, como mínimo, a cuenta de sus vacaciones y en el sector público se puede pedir hasta medio día.
"Eso es muy beneficioso para los trabajadores, ya que antes los empleadores argumentaban que era ilegal darle menos de siete días de vacaciones a los trabajadores que necesitaban uno o dos días para hacer viajes por problemas familiares o legales (hacer documentos en provincias) pero no podían tomarlos”, subrayó.
Sin embargo, eso no es todo sino que ahora los trabajadores pueden pedir vacaciones adelantadas sin la necesidad de haber cumplido el récord vacacional, que es un año laborando en una empresa.
“Si un trabajador entra a una empresa y tiene ocho meses trabajando, ahora puede pedir las vacaciones adelantadas sin haber cumplido su primer año. Antes las empresas lo permitían por costumbre pero ahora la ley ya lo sincera”, indicó.
¿Qué hacer si un empleador se niega a dar vacaciones a sus trabajadores?, ¿le corresponde una multa?, conozca las respuestas en el video ubicado en la parte superior.