El Tribunal de Fiscalización Laboral (TFL) de la Sunafil ratificó una multa impuesta a una empresa debido a una infracción por discriminación salarial por género.
El caso inició en el 2021, cuando un inspector de Sunafil propuso una multa ascendente a S/ 23,144 a la empresa constructora Sinohydro, de capitales chinos, por discriminación salarial por razón de sexo en contra de una trabajadora.
La empresa contrató a cuatro trabajadores para que desempeñen labores de limpieza, en el mismo horario de trabajo, en la construcción del hospital de Cangallo, en Ayacucho.
Los tres trabajadores hombres fueron contratados bajo el régimen de construcción civil, con un sueldo de casi S/ 2,400 al mes y una trabajadora -que realizaba las mismas labores- fue incluida en el régimen laboral general de la actividad privada, con un sueldo de S/ 1,200.
Al solicitar el inspector a la empresa una justificación sobre esta diferencia, este señaló que se debió a un “error” en la calificación del régimen de los trabajadores hombres, por lo que a todos les correspondía estar en el régimen general. Negó que exista discriminación, por lo que impugnó a la sanción.
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Tras revisar la impugnación, el TFL confirmó la multa impuesta al empleador, pues consideró que existió una discriminación en materia remunerativa por razón de sexo, debido a que el empleador no otorgó el mismo tratamiento remunerativo a los trabajadores a pesar de que realizaban labores similares y no logró justificar alguna causa válida de la diferenciación salarial.
Sobre la justificación de la empresa de que ello se produjo debido a un error, “el referido argumento no la exime de responsabilidad”, subraya la resolución del TFL de la Sunafil N° 234-2023-SUNAFIL/TFL-Primera Sala, emitida el pasado 13 de marzo del 2023.
Al respecto, los analistas consultados coincidieron en que la resolución del TFL de la Sunafil es correcta. “En este caso no había ningún criterio objetivo que justifique la diferencia salarial, lo cual es sancionado por la Ley 30709, que prohíbe la discriminación remunerativa entre varones y mujeres”, señaló Martín Ruggiero, abogado laboralista del estudio Payet.
Por su parte Valeria Osorio Véliz, Asociada del Área Laboral en Miranda & Amado, refirió que lo resuelto por el TFL de la Sunafil puede servir de referente para otros casos similares. “Este es el primer caso que sanciona el Tribunal de Fiscalización Laboral por discriminación salarial por género”, anotó.
Asimismo, los abogados precisaron que no todo trato diferenciado es discriminatorio, pues la normativa permite fijar sueldos distintos en puestos similares, siempre que esto sea justificado con criterios objetivos.
“Por ejemplo, puede haber diferencia salarial por antigüedad en el puesto, nivel académico, función desempeñada, entre otros criterios”, apuntó Ruggiero.
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