Con el 72.77% de la población objetivo inoculada con las dos dosis de la vacuna contra el COVID-19, según un reciente reporte del Ministerio de Salud (Minsa), y muchas actividades económicas funcionando -incluso- a niveles previos al estallido de la pandemia, el retorno al trabajo presencial pareciera estar a la vuelta de la esquina.
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Sin embargo, las recientes modificaciones a las disposiciones para la vigilancia, prevención y control de la salud de los trabajadores con riesgo de exposición al SARS-CoV-2, y la exigencia del carné de vacunación en espacios cerrados, se convertirían en la barrera que impediría el retorno masivo a las oficinas en el corto plazo.
De acuerdo con André Cossio, asociado del Estudio Rubio Leguía Normand, “el retorno a la presencialidad va a depender del cumplimiento estricto de las nuevas disposiciones emitidas por el Minsa y del avance de la vacunación de su personal”, por lo que es posible que al término del primer trimestre del 2022 exista un incremento razonable del retorno a la presencialidad.
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“Sin embargo, un retorno masivo o total a niveles previos al mes de marzo del 2020, dependerá de la evolución de la pandemia en nuestro país y de la aparición de nuevas variantes del COVID-19″, afirma.
Mientras que, Julio Villalobos, laboralista del Estudio Miranda & Amado, considera que “la aparición de nuevas variantes, la aplicación de la tercera dosis de la vacuna y el análisis de los costos fijos que implican el trabajo físico, podrían generar que no haya, necesariamente, un retorno masivo a la presencialidad durante el primer trimestre del 2022″.
Modelo híbrido
En ese sentido y muy a pesar de las nuevas disposiciones aprobadas por el Minsa, el laboralista André Cossio avizora que a partir del 2022 se adoptarán “con mayor probabilidad” esquemas de trabajo mixtos o híbridos en los que se combine la presencialidad con labores de forma remota, “sobre todo en el caso de aquellas organizaciones que, a lo largo de estos dos años de pandemia, han adecuado sus actividades al trabajo remoto”.
Al respecto, Julio Villalobos señala que las empresas que vienen diseñando modelos híbridos de trabajo, es decir, trabajo remoto más presencial, “podrán aplicarlos en aquellos puestos en los cuales no es tan indispensable la presencia del trabajador, como en los cargos administrativos, por ejemplo”.
Pero, Andre Cossio recuerda que mediante Resolución Ministerial Nº 1302-2021/Minsa, se ha dispuesto que, durante un plazo máximo de 30 días calendario (contados a partir del 16 de diciembre), los trabajadores que no cuenten con la vacunación completa y cuyas funciones no sean compatibles con el trabajo remoto podrán laborar presencialmente siempre que el puesto de trabajo sea clasificado como de “riesgo bajo de exposición” y los servicios sean prestados en espacios al aire libre durante toda su jornada laboral.
Vigencia del trabajo remoto
Con relación a la aplicación permanente del trabajo remoto -que como figura legal creada durante el estado de emergencia, regirá hasta el 21 de diciembre- el especialista se muestra a favor de que se extienda su vigencia, sobre todo porque “su capacidad de sostenerse en esta coyuntura está probada y no existen indicios de la aprobación de modificaciones a la Ley de Teletrabajo en el corto plazo”.
Sobre este punto, además de ver con buenos ojos la aplicación de “manera permanente” del trabajo remoto, Andre Cossio del Estudio Rubio, asegura que “son muchas las organizaciones que se encuentran a la espera de la prórroga de la vigencia de este régimen, debido a la flexibilidad que otorga en comparación con el régimen del teletrabajo”.