La presentación de cinco proyectos de ley de reformas laborales (el pasado 29 de setiembre) por parte de la bancada de Acción Popular, ha suscitado críticas en el sentido que atentarían contra los derechos de los trabajadores.
German Lora, abogado laboralista, opina lo contrario. Sostiene que el objetivo de estos proyectos de ley es revisar y modificar la legislación laboral peruana en varios aspectos (Ver tabla) para que se puedan generar puestos de trabajo formales, manteniendo los derechos de los trabajadores (CTS, vacaciones).
En ese sentido, considera que, de aprobarse, podrían dinamizar el empleo formal, pero para ello requieren que se logre consenso tanto en la comisión de Trabajo, como entre trabajadores y empleadores y el Estado para que sean viables.
Incentivos a la contratación
Para Lora el proyecto de ley más relevante, de los cinco presentados por AP, es el que busca generar puestos de trabajo formal a jóvenes y adultos mayores.
Lo que plantea el proyecto, en concreto, es que aquellas empresas que contraten trabajadores menores de 25 años y trabajadores mayores de 55 años que han perdido su empleo, puedan deducir para fines del pago del impuesto a la renta (IR), el doble de los beneficios económicos (CTS, gratificaciones y algún otro beneficio no salarial) que les paga a esos trabajadores, detalla.
“Yo considero que este es un beneficio complicado porque no es directo. Sería mejor, por ejemplo, que, si un empleador contrata a Juan Pérez, de 22 años, el Estado se encargue de pagar lodo lo que corresponde a salud por ese empleado y ayude así a la empresa a sobre llevar el costo laboral de esa contratación formal”, agregó.
Además, la propuesta de doble deducción de los beneficios no sería aplicable a empresas pequeñas que, por lo general, tienen pérdidas o no tienen utilidad, por lo que no les interesa deducir gastos, señala.
RIA
La remuneración integral anual (RIA), que es lo que plantea otro de los proyectos presentados por AP, dice Lora, significa que el trabajador pacta con su empleador para que las gratificaciones no se paguen en julio y diciembre sino para distribuirlas en los 12 meses.
Además, plantea flexibilizar el tope para aplicar la RIA, (sólo pueden aplicar trabajadores que ganan más de 2 UIT, es decir S/ 8,800), y que abarque también a los ganan menos de 2 UIT.
Cese Colectivo
Lora considera que el proyecto que plantea que las causas objetivas que ya existen en la ley para que una empresa pueda cesar colectivamente a sus trabajadores, pueda ser utilizado para el cese individual, es positivo.
Argumenta que si una empresa tiene razones objetivas, marcadas claramente por la ley, para despedir, pero a menos del 10% de sus trabajadores, debería poder hacerlo, señala (Ver opinión).
Mauro Ugaz: Cese colectivo, hay que aplicar la norma
Abogado laboralista de EY
El proyecto de ley (de AP) planteaque en casos de motivos económicos estructurales, de restructuración patrimonial, fortuitos, es posible hacer el cese colectivo sin tomar en cuenta el porcentaje del 10% como mínimo que establece la ley actual.
El tema es que , en más de 7 años sólo se han aprobado 20% de las solicitudes de cese colectivo. No digo que deba flexibilizarse el cese colectivo, lo que debería hacerse es aplicar la norma. Si una empresa corrobora que está en problemas económicos complicados y que necesita este cese colectivo para salir a flote, lo que además está sustentado en un informe externo que la autoridad exige, debería poder aplicar el cese colectivo.