El MTPE atiende solicitudes de orientación o acompañamiento legal y psicológico
El MTPE atiende solicitudes de orientación o acompañamiento legal y psicológico

Más de un tercio de las personas trabajadoras en el Perú (34%), en su mayoría mujeres, identificaron haber pasado por situaciones calificadas como de acoso sexual laboral.

Mientras que solo un 4% de las personas encuestadas en el Perú a través de la herramienta digital ELSA implementada por el estado colombiano, con el apoyo de instituciones como el BID y GenderLab, es capaz de reconocer aquellas situaciones que califican como de hostigamiento sexual laboral.

Es decir, tanto los comentarios no bienvenidos sobre su apariencia física o bromas de contenido sexual o sexista, así como miradas persistentes que les generaron incomodidad, no son considerados como acoso por parte de quienes pasan por alguna de estas situaciones. Por lo tanto, se invita a usar el TEST de autoidentificación, para reconocerlo.

Cabe precisar que cuando una persona sufre de hostigamiento sexual laboral, suele atravesar por un periodo de disminución de la motivación para trabajar, se aísla, se deterioran las relaciones sociales que generan una barrera en la decisión de interponer las denuncias correspondientes y, también, en su desempeño frente a sus responsabilidades como trabajadora o trabajador.

Las cifras que arroja ELSA para el Perú, también dan cuenta que parte de esa actitud de silencio frente al problema implica que las víctimas de acoso opten por simplemente evitar al acosador (75%), no comentar con nadie lo sucedido (42%) o pedir un cambio del lugar de trabajo (22%). Las razones por las que las víctimas no realizan una denuncia pasan porque no quieren ser vistas como una persona problemática, no estar seguras sobre si se trataba de una situación de acoso o sentir vergüenza.

Asimismo, respecto a la actitud de las personas que han sido testigos de una situación de acoso sexual laboral, la principal razón por la que no se realiza la denuncia respectiva es porque la situación no es considerada de gravedad o de mala intención, se invisibiliza el problema.

No obstante, en el Perú, en el contexto de la encuesta, se señaló que más de la cuarta parte de las personas encuestadas fue testigo de una situación de acoso sexual laboral.

La muestra, tomada por la herramienta digital ELSA, se remitió a los últimos 24 meses e incluyó a 75 organizaciones del Perú (39), Colombia (22), Bolivia (12), Chile (1) y Panamá (1), de diversos sectores tales como banca y seguros (32%), público (13%), servicios (12%), industria (8%), etc.

Desde el MTPE

El Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo atiende solicitudes de orientación o acompañamiento legal y psicológico, mediante el Servicio Trabaja Sin Acoso que se encuentra adscrito en las Direcciones/Gerencias de Trabajo y Promoción del Empleo; además, mediante la línea 1819; a través del WhatsApp, mensaje de texto o llamando a los números 971 027 467 y 984 835 168.

Cabe señalar, que la denuncia por un acto de hostigamiento sexual laboral se debe realizar en el Centro de Trabajo, cuyos empleadores tienen obligaciones legales sujetas a inspección laboral y su incumplimiento se encuentra sujeto a la interposición de multas por parte de la Sunafil.

Dato

Una de las barreras que se evidencian es la desconfianza en los mecanismos de denuncias, la incomprensión de los hechos (desconocimiento), o pensar que ha mal interpretado los hechos ocurridos (subvaloración de la situación que se vive).

Finalmente, convocar a todas las personas trabajadoras para que, en el día internacional de la eliminación de la violencia contra la mujer, nos sumemos en el compromiso “Haz la diferencia. Frena la violencia” se convierta en un mensaje solidario para evitar realizar actos que agravian la libertad, dignidad y seguridad de las personas; así como constituirnos en aliados para brindar soporte y respeto por la situación que se vive en un contexto de violencia.