Decir lo que sientes, rechazar una invitación, emitir opiniones, protestar, entre otros, forman parte del derecho de toda persona a expresarse libremente, tal como se indica en el artículo 2 de la Constitución Política del Perú. Pero, ¿hasta dónde puede llegar esa libertad sin que perjudique tu puesto de trabajo?
Gestión conversó con el abogado laboralista, Fernando Zegarra del estudio Iuralex, quien explicó sobre los despidos arbitrarios y cómo un trabajador puede aprovechar su tiempo libre fuera de la jornada laboral sin tener que rendirle cuentas a su empleador.
Y es que, el trabajador puede dedicarse a realizar diversas actividades, siempre y cuando no vincule a patrimonios ni intereses de la compañía donde presta servicios.
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“Cuando una empresa despide a una persona de una manera abrupta, sin tener alegatos ni sustentos, podemos hablar de un despido arbitrario. Hay que tener en cuenta que en las relaciones laborales, el empleador tiene la facultad de fiscalizar la conducta y la capacidad del trabajador dentro de la jornada laboral, ya que el trabajador presta su fuerza a un empleador y este como consecuencia le paga una remuneración”, sostuvo.
“Si una persona tuvo un altercado fuera de la empresa y fuera de su horario laboral que no lo vincula con la compañía, entonces el empleador no tiene ninguna injerencia ni facultad para cuestionar dichos actos, porque no está haciendo algo en contra de la empresa ni los patrimonios de esta. Evidentemente, esto no cumple un factor para sancionar a esa persona”, añadió.
¿Hasta dónde llega la libertad de expresión?
El abogado Zegarra, manifestó que una empresa no puede atribuirse y atentar contra el derecho fundamental de la libertad de expresión, ya que el trabajador puede protestar en las calles, dentro de un lugar público sin alterar ni tomar medios de violencia.
“Estas acciones no solo se basan en que se le quite el trabajo a una persona, sino también se está mellando su integridad y creando una afectación social - emocional, ya que de la noche a la mañana se queda fuera de la empresa”, dijo.
“Lo que debe hacer el trabajador es denunciar el despido arbitrario ante la Sunafil para poner en conocimiento el acto de discriminación, porque lo que está haciendo la empresa es generar un acto de afectación a los derechos fundamentales”, agregó.
Denuncias y Multas
Una vez que el trabajador pone en conocimiento el despido arbitrario ante la Sunafil, esta entidad iniciará con el proceso de verificación. “Basta con una sola visita de la Sunafil para recabar la información y con dicho informe, el trabajador pueda realizar la denuncia”.
“En un proceso nulo, este tipo de denuncia se resuelven en un corto tiempo, a comparación de un proceso ordinario que duran largos años. Si el caso es nulo es un proceso abreviado en que la persona podría ser repuesta en su cargo laboral en un promedio de seis meses a un año máximo, con el beneficio de que se le reconozca todas sus remuneraciones que dejó de percibir por este despido arbitrario”, precisó.
El letrado señaló que este tipo de despidos pueden dañar a la empresa, ya que las multas pueden llegar a ser 1 UIT y hasta 150 UIT, dependiendo cuántas personas son las afectadas. “Es importante que las empresas se asesoren bien antes de tomar acciones que afecten los derechos fundamentales, derechos constitucionales y laborales”.
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¿Qué pasa si en mi tiempo libre hablo mal de mi jefe o la empresa?
Para Daniel Robles Ibazeta, abogado laboralista y socio de Robles Ibazeta Consultores, si bien existe el derecho de libre expresión, es importante saber que manchar honras, difamar a una persona o decir cosas inexistentes sí podría ser un causal de despido.
“Hay que tener en claro a qué se considera una falta laboral. Todo despido es una sanción y como tal hay grados de sanciones, dependiendo eso, se efectuará una amonestación, una suspensión o en el peor de los casos un despido”, dijo.
“En muchos casos, existen trabajadores que no se sienten satisfechos con el centro laboral donde trabajan por diversos motivos: bajo sueldo, no hay pagos de gratificaciones, no reconocen feriados, etc, y empiezan a hablar mal de las empresas donde laboran. Expresarse no es el problema, pero si esos dichos son falsos argumentos, sí puede ser causal de un despido”, añadió.
¿En qué momento me pueden despedir?
Para el letrado, a una persona la pueden deslindar de su vínculo laboral cuando es amonestada en reiteradas veces, cuando atentó en contra de la compañía, puso en peligro la integridad de los trabajadores o dañó la imagen de una persona sin argumentos.
“Una persona puede crear una opinión positiva o negativa de su jefe. Incluso, puedes expresarlo con tus compañeros de trabajo, amigos, pareja, esposo, familia, dentro o fuera del horario laboral. Pero si los comentarios llegan a mellar la integridad y honra, esas personas que estuvieron presentes en aquella conversación pueden denunciar a ese trabajador e iniciarse un proceso sancionador”, sostuvo.
Un punto que indicó el especialista es que ahora muchas personas hacen uso de las redes sociales para expresar un malestar, pero “hay que tener en cuenta que cuando se utilice estos medios digitales, es recomendable hablar con la verdad, mostrando pruebas y siendo objetivos, pues si no se tiene fundamentos, ello podría ser una difamación y una causal de despido”, aseguró.
Yuriko Cabeza, Lima 1987. Licenciada de la Universidad Inca Garcilaso de la Vega, con más de 12 años de experiencia en medios digitales. Escribo sobre política, actualidad local y realizo informes especiales.
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