Con 100 votos a favor, el Pleno del Congreso de la República aprobó este 13 de abril modificaciones a la Ley de trabajo del biólogo.
Al respecto, se precisa que al profesional biólogo le compete toda actividad científica, académica, técnica y humanística, sea esta pública o privada, relacionada con el estudio de los seres vivos en toda su diversidad y complejidad, considerando su estructura, funcionamiento, evolución, distribución y relaciones con el propósito de coadyuvar con el desarrollo humano y el ambiente, conforme a su formación académica.
LEA TAMBIÉN: ONP: Congreso da luz verde a un nuevo bono de reconocimiento
Asimismo, se precisa que para ejercer la profesión, entre otros, el biólogo debe estar inscrito en el Colegio de Biólogos del Perú y debidamente habilitado.
También se prohíbe la utilización de la denominación de biólogo a quien carezca del título profesional y que no se encuentre debidamente colegiado ni habilitado por el Colegio de Biólogos del Perú.
Además, entre los derechos del biólogo, debe gozar de licencias u otras facilidades durante su gestión, en caso sea elegido representante que conforma los consejos directivos del Colegio de Biólogos del Perú a nivel nacional o departamental, para los actos de representación gremial conforme la normativa aplicable.
LEA TAMBIÉN: Indeci alerta ocurrencia de precipitaciones en 16 regiones para este fin de semana
¡Beneficios ilimitados con tu suscripción a Gestión! Disfruta de hasta 70% de dscto. en más de 300 promociones del Club de Suscriptores, que además podrás usar todas las veces que quieras. Conócelos aquí ¿Aún no eres suscriptor?, adquiere tu plan aquí
LEA TAMBIÉN:
Las Bambas de MMG extrae cobre a plena capacidad tras protestas
Ecuador reduce impuestos de pasajes aéreos para impulsar turismo
Los nuevos circuitos full day a pocas horas de Lima