De acuerdo a data oficial del INEI el empleo formal (en planilla) en el área urbana entre octubre 2020-setiembre 2021 retrocedió.
De los 13′039,100 peruanos ocupados en el área urbana, el 27% (3′522,200 trabajadores) tenían empleo formal (con vínculo laboral sujeto a la legislación laboral, fiscal y de la seguridad social o se desempeñan en el denominado sector formal de la economía) que comparado con similar periodo (octubre 2019-setiembre 2020), disminuyó en 5.2% lo que implica que 193,800 peruanos dejaron de ser trabajadores formales o perdieron su trabajo.
Mientras que en relación al año móvil octubre 2018-setiembre 2019, se redujo en 20.8% lo que implica que 924,200 personas dejaron de ser trabajadores en planilla. (Ver cuadro)
Según dominios geográficos, el empleo formal se contrajo con mayor intensidad en la selva en 22.1% (63,300 peruanos dejaron de ser trabajadores en planilla).
En la sierra, en tanto el empleo formal decreció en 10.3% (71,100 peruanos dejaron de ser trabajadores en planilla), principalmente en la sierra centro en 18.2% (43,800 personas perdieron su trabajo formal), seguido de la sierra sur con 8.7% (31,100 personas afectadas).
Mientras en la sierra norte creció en 4.3% (3,800 personas).
En la costa disminuyó en 2.2% (59,400 personas dejaron de ser trabajadores en planilla), especialmente en la costa centro en 2.4% (50,800 persona impactadas), seguido de costa sur en 2.4% (2,100 personas) y la costa norte en 1.2% (6,500 personas).
-Los acuerdos más comunes-
Ante este panorama complicado, ¿cuáles son los acuerdos más comunes que se trazan al momento de una desvinculación laboral? Alicia Jiménez, asociada principal de Philippi Prietocarrizosa Ferrero DU & Uría (PPU), precisa que los acuerdos que se trazan son en el marco de un mutuo disenso, es decir, se decide por común acuerdo (entre el trabajador y su empleador).
“A veces se confunde con la renuncia. La renuncia es una decisión unilateral del empleado. El despedido en cambio es una decisión del empleador; mientras que el mutuo disenso implica que los dos se sientan a conversar y acuerdan terminar con el vínculo (laboral)”, apunta a Gestión.
En ese sentido, añade que en estos casos es muy común la entrega de una compensación (al trabajador) utilizándose como referencia la indemnización por despido arbitrario.
“La ley de contempla. La indemnización por despido equivale a 1.5 sueldos por años de servicios y proporcional en días y meses de trabajados. Lo más recurrente es que se reconozca un pago extra”, dice.
En el caso de que la desvinculación laboral sea por mutuo acuerdo otro de los pactos que se fijan es la extensión el tiempo de cobertura del servicio de salud y en algunos casos se otorga a este personal un servicio de outplacement (recolocación laboral).
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