La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (SUNANFIL) aprobó la creación de una Directiva encargada de regular la inspección del Trabajo Forzoso y Trabajo infantil, a través de una resolución N° 236-2023, publicado hoy en el Diario Oficial El Peruano.
La propuesta de Directiva fue presentada por la Dirección de Inteligencia Inspectiva a la Oficina de Presupuesto de Sunafil, al señalar que cumple con el manual de modernización de dicha institución.
“La Oficina de Planeamiento y Presupuesto, a través del Informe N° 210-2023-SUNAFIL/GG/OPP, emite opinión técnica favorable para la aprobación de la propuesta de Directiva denominada “Directiva que regula la Inspección del Trabajo en materia de Trabajo Forzoso y Trabajo Infantil de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral – SUNAFIL”, dice la norma.
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Objetivo de la Directiva
De acuerdo a la resolución, el objetivo de la Directiva es establecer aspectos y criterios técnicos, normativos, que ayuden a fortalecer la inspección del trabajo en matera de trabajo forsozo y trabajo infantil, también a lo relacionado con la actuación del Grupo Especializado de Inspectores del Trabajo en materia de Trabajo Forzoso y Trabajo Infantil.
El trabajo forzoso también es considerado como una infracción laboral muy grave, por lo que la Sunafil sanciona a los empleadores con multas muy elevadas, las cuales van desde 50 UIT (S/ 247,500) hasta 200 UIT (S/ 990,000).
Además, Sunafil busca promover y crear conciencia respecto de la importancia de desterrar las peores formas de trabajo infantil que dañen la salud, seguridad y moralidad de los menores
La propuesta de Directiva fue revisada con la participación de la Dirección de Supervición y Evaluación, la Intendencia de Lima Metropolitana, la oficina jurídica y presupuesto, y entre otros oŕganos.
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Propuesta con sustento técnico
En el referido documento se datalla el sustento tećnio y normativo que tiene la propuesta de Directiva, contemplados en los puntos siguientes:
- Integración de los instrumentos técnicos normativos en materia de trabajo infantil y trabajo forzoso.
- Actualización de la base legal de acuerdo con las normas vigentes sobre las materias.
- Consolidación de las fases de la actuación inspectiva en materia de trabajo forzoso y trabajo infantil.
- La integración de los criterios de actuación inspectiva en materia de trabajo forzoso y/o trabajo infantil.
Además menciona que se dejára sin efecto instrumentos normativos de Sunafil, relacionados con la materia de Trabajo Infantil y Trabajo Forzoso que son los siguientes:
- Protocolo N° 002-2017-SUNAFIL/INII, denominado Protocolo de Actuación en materia de Trabajo Infantil
- Protocolo N.° 001-2016-SUNAFIL/INII, denominado Protocolo de Actuación en materia de Trabajo Forzoso.
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