Como todos los años, este miércoles 8 de diciembre será feriado nacional al celebrarse el Día de la Inmaculada Concepción, ¿podría sumarse un feriado adicional el 9 de diciembre?
Para responder a esta pregunta primero debe recordarse que el pasado 18 de noviembre el Pleno del Congreso aprobó, en primera votación, declarar feriado nacional al 9 de diciembre, en conmemoración de la Batalla de Ayacucho.
El proyecto de ley plantea modificar el artículo 6 del Decreto Legislativo 713, a fin de incluir esa fecha en la relación de los feriados nacionales de cada año.
No obstante, aún está pendiente que el proyecto sea aprobado en segunda votación y que sea promulgado para que entre en vigencia.
Al respecto, el abogado laboralista Carlos Espinoza, asociado senior del área laboral del estudio Rebaza, Alcázar & De Las Casas, explicó que si la nueva ley entra en vigencia antes del 9 de diciembre, sí podría aplicarse un nuevo feriado desde este año. De lo contrario, el nuevo feriado regirá desde el 2022.
El segundo escenario parece ser el más probable, pues el Pleno del Congreso recién sesionará la próxima semana, por lo que, de aprobarse el proyecto, los tiempos no alcanzarían para que el nuevo feriado aplique desde este año. Incluso hay la posibilidad de que el Pleno sesione y vote el proyecto el mismo jueves 9 de diciembre.
Al respecto, el congresista Germán Tacuri (Perú Libre), autor del proyecto, señaló que no tiene la certeza de la fecha en que el Pleno del Congreso agende la segunda votación, pues esto dependerá de la decisión que tome la Mesa Directiva.
No obstante, se mostró confiado en que el Congreso vuelva a dar el respaldo a su iniciativa.
“Si es que por los tiempos no alcanza para que aplique desde este año, sino desde el próximo, lo respetaremos. Pero será importante que se apruebe el proyecto para fomentar el turismo, pues se uniría al feriado del 8 de diciembre. Los recientes feriados largos han tenido buenos resultados para el turismo, uno de los sectores más afectados por la pandemia”, señaló.
Pagos por feriados
Respecto al feriado del 8 de diciembre, Espinoza recordó que el trabajador tiene derecho a un día de descanso remunerado.
En caso el trabajador labore ese día, recibirá dos remuneraciones diarias adicionales.
Por ejemplo, si un trabajador tiene una remuneración de S/ 1,500 al mes, quiere decir que gana S/ 50 al día. Si labora el feriado 8 de diciembre, a fin de mes recibirá S/ 100 adicionales a su remuneración mensual.
“Esto siempre que el trabajador no haya recibido un día de descanso en compensación por el feriado trabajado”, anotó Espinoza.
Asimismo, indicó que este sistema de compensación por trabajar en día feriado también aplica para quieres realizan trabajo remoto. “Con excepción de los trabajadores de dirección o no sujetos a fiscalización”, apuntó.