La norma derogada exigía a las empresas empleadoras contratar, como parte de su personal estable, al menos una asistenta social titulada y colegiada. Foto: Difusión.
La norma derogada exigía a las empresas empleadoras contratar, como parte de su personal estable, al menos una asistenta social titulada y colegiada. Foto: Difusión.

A través de un decreto supremo publicado en el diario El Peruano, el eliminó la obligación legal que tenían las de contar con una asistenta social en planilla.

La disposición, incluida en las Normas Legales del día, deroga expresamente el Decreto Supremo N.º 009-65-TR, vigente desde 1965.

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La norma derogada exigía a las contratar, como parte de su personal estable, al menos una asistenta social titulada y colegiada, en cumplimiento de una política de bienestar laboral que priorizaba la atención directa al trabajador.

Durante décadas, esta figura se consideró clave para la prevención de riesgos psicosociales, la atención de casos familiares complejos y la coordinación de beneficios sociales.

Sin embargo, el nuevo decreto emitido por el señala que el marco normativo actual en materia de seguridad y salud en el trabajo ya contempla mecanismos integrales para la atención del bienestar del trabajador, sin establecer la obligatoriedad de una profesión específica.

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La medida se da en un contexto en el que la venía intensificando las inspecciones para verificar que las empresas cumplieran con esta obligación.

En los últimos años, se habían reportado infracciones laborales por parte de empresas que no contaban con este perfil profesional, pese a tener una plantilla superior a los 100 trabajadores.

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Según analistas laborales, la derogación responde a una necesidad de actualización normativa y mayor flexibilidad para las empresas, aunque también ha generado preocupación en sectores que consideran que la figura de la asistenta social cumplía un rol insustituible en la gestión de .

En opinión de especialistas la eliminación de esta exigencia reduce una carga formal para los empleadores, pero plantea el reto de cómo garantizar que los aspectos psicosociales y de atención personal al trabajador continúen siendo atendidos adecuadamente.

Con esta decisión, el Estado deja en manos del empleador la posibilidad, más no la obligación, de contratar a profesionales en asistencia social, dependiendo de su modelo de gestión interna y políticas de recursos humanos.

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