Los peruanos habitualmente cuentan con 12 feriados oficiales cada año, pero también se puede establecer días no laborables como recientemente lo hizo la administración del presidente Pedro Castillo. A propósito de esto, ¿sabe usted qué son y cuál es la diferencia entre los feriados y los días no laborables?
Para empezar, los feriados se establecen por ley mientras que los días no laborables por Decreto Supremo. Justamente, el último jueves 7 de octubre el Gobierno incorporó seis nuevos días no laborales al calendario anual con la emisión del Decreto Supremo N° 161-2021-PCM.
-Diferencias-
Si bien tanto los feriados como los días no laborables pueden ser aprovechados por las familias para hacer una pausa y desconectarse del trabajo o los estudios, estos presentan diferencias en términos laborales.
Según la legislación laboral, los trabajadores que no laboren en un feriado oficial percibirán su pago normal, sin problemas. Y si labora, puede solicitar a su empleador otro día libre en compensación.
Sin embargo, hay una figura especial que sucede cuando el trabajador decide no reclamar un descanso en compensación por el feriado laborado.
Si prefiere “cobrar” el feriado, recibirá el pago normal del día (por ejemplo, S/ 100), además de una sobretasa que es el doble; es decir S/ 200 adicionales. En total, por ese feriado laborado estaría cobrando S/ 300 en lugar de los S/ 100 cotidianos.
Hay un caso especial que sucede solo un día en el año: el 1 de mayo. Por ser el Día del Trabajo hay un pago adicional. La sobretasa (utilizando el ejemplo anterior) sería de S/ 300, sumando un total de S/ 400 por ese día trabajado.
En cambio, la situación con los días no laborables es distinto. Primero, como ya se dijo, los dicta el Ejecutivo mediante un Decreto Supremo. Segundo, el trabajador debe recuperar las horas que no laboró en coordinación con su empleador.
Los especialistas mencionan que normalmente el objetivo del dictar días no laborables es establecer puentes o fines de semana largo para impulsar determinadas actividades económicas (como el turismo) o por orden interno para evitar el desplazamiento de personas por actividades especiales como en su momento fue el Foro de APEC o los Juegos Panamericanos Lima 2019.
También los días no laborables suelen ser optativos en el caso del sector privado, y obligatorios para el sector público. Además, otra gran diferencia es que no existe la sobretasa. Si se trabaja en un día no laborable, no va a recibir un pago mayor a lo habitual. Y si no lo hace, debe compensar las horas no laboradas previa coordinación con su empleador.
-¿Cuáles son los días no laborables que quedan en 2021?-
En el marco del Plan de Reactivación del Sector Turístico, los días no laborables que estableció el Gobierno a través del Decreto Supremo N° 161-2021-PCM son los siguientes:
- Lunes 11 de octubre
- Martes 2 de noviembre
- Viernes 24 de diciembre
- Lunes 27 de diciembre
- Viernes 31 de diciembre
- Lunes 3 de enero de 2022
El Gobierno indicó que estos días no laborables están sujetos a horas de trabajo compensables, correspondientes al período comprendido entre octubre de 2021 y enero de 2022.
Con los días no laborables se busca generar un total de 14.6 millones de viajes y un movimiento económico de US$ 1.5 millones, como resultado de las campañas de turismo interno en las 25 regiones.
-¿Cuáles son los feriados que aún faltan en 2021?-
En calendario anual hay 12 feriados oficiales. Después del feriado 8 de octubre por la conmemoración del Combate de Angamos, quedan tres feriados más en lo que resta del año. Estos son:
- Lunes 1 de noviembre (Día de todos los santos)
- Miércoles 8 de diciembre (Día de la Inmaculada Concepción)
- Sábado 25 de diciembre (Navidad)