Al momento de postular a un empleo, las empresas suelen requerir la realización de exámenes médicos a los interesados en ingresar a esta nueva organización. ¿Los resultados de estos exámenes médicos podrían impedir la incorporación del postulante?
Al respecto, abogadas laboralistas consultadas por Gestión, coincidieron en que el resultado de un examen médico sí pueden ser un impedimento para el ingreso a la nueva empresa, siempre y cuando ese indicador genere un riesgo de complicación en la salud del trabajador, en el futuro cumplimiento de sus funciones, o si su condición médica podría afectar su nivel de productividad.
“Por ejemplo, si el puesto es para laborar en una mina, en altura, si el postulante tiene un problema cardíaco, por lo que estaría en riesgo de laborar en esas condiciones, ese resultado del examen sí sería un impedimento para que esa persona ingrese a ese puesto”, señaló al respecto la abogada laboralista Mónica Pizarro, socia del Estudio Echecopar.
LEA TAMBIÉN: Sunafil inició fiscalización de cuota de personal con discapacidad, cómo afrontarla
Pero hay algunos resultados de exámenes médicos que no deberían ser un impedimento para realizar un trabajo. Por ejemplo, si se tiene sobrepeso u obesidad para un puesto administrativo en una oficina.
“No vería por qué una obesidad limitaría a la persona a realizar un trabajo administrativo”, anotó Pizarro.
En ello coincidió Silvia Rebaza, asociada senior del área laboral del Estudio PPU, quien refirió que si el empleador no tiene una justificación para exigir que un postulante no tenga sobrepeso, ello se constituiría en un requisito discriminatorio.
“En ese caso, el postulante podría demandar a la empresa por discriminación”, advirtió Rebaza.
Discriminación a postulante con VIH
Cabe recordar que hace unos días se conoció una resolución del Tribunal de Fiscalización Laboral (TFL) de la Sunafil en la cual se confirmó la multa a una clínica por discriminación, debido a que truncó el ingreso de un nuevo trabajador, tras confirmar que este tenía VIH (Resolución N° 1216-2023-SUNAFIL/TFL-Primera Sala).
Para las abogadas, la resolución del TFL resulta controversial. Si bien la ley prohíbe discriminar a un portador de VIH, Silvia Rebaza refiere que el TFL debió evaluar el tipo de labor que iba a desempeñar esta persona.
“Es diferente si el puesto es de recepcionista, donde no se necesita saber si tienes VIH o no. Pero para el sector salud existen disposiciones que permiten hacer pruebas, con el fin de proteger al usuario. En este caso el puesto era de camillero, hay riesgos de accidentes, por ejemplo, con las agujas; allí no sería un tema de discriminación. El Tribunal ha debido hacer una mayor evaluación sobre este riesgo”, refirió Rebaza.
LEA TAMBIÉN: Los 10 cambios laborales y tributarios que entraron en vigencia en Perú este 2024
Por su parte Mónica Pizarro cuestionó un argumento indicado por el TFL respecto a que los exámenes médicos se deben realizar luego de la contratación del postulante, y no antes.
“Me parece legítimo que el empleador realice un examen médico a un postulante, antes de ser contratado, para saber si estará apto o no para realizar el trabajo”, subrayó Mónica Pizarro.
Cabe anotar que la resolución del TFL de la Sunafil no constituyó un precedente de observancia obligatoria, por lo que algunos de sus criterios podrían variar al evaluar casos futuros.
Licenciado en periodismo de la PUCP, con más de diez años de experiencia en medios de prensa escritos y digitales.
Comienza a destacar en el mundo empresarial recibiendo las noticias más exclusivas del día en tu bandeja Aquí. Si aún no tienes una cuenta, Regístrate gratis y sé parte de nuestra comunidad.