Tras recientes cambios normativos el Gobierno redujo a siete días el periodo mínimo que un trabajador deberá estar aislado y con descanso médico en caso de contagiarse de COVID-19 y cuente con el esquema de vacunación completa (si no cuenta con vacunación completa o presenta comorbilidad el periodo mínimo de es diez días).
El periodo de descanso médico puede ampliarse en caso la enfermedad –sea el COVID-19 o cualquier otra- aún afecte a la persona.
Las empresas cubren la remuneración del trabajador hasta el día 20 de descanso médico. A partir del día 21 es cubierto por EsSalud. En estos casos, el empleador seguirá abonando al trabajador pero luego solicitará el reembolso a EsSalud.
Katy Noriega, abogada laboralista del estudio Philippi Prietocarrizosa Ferrero DU & Uría (PPU), refiere que los empleadores vienen teniendo dificultades para recuperar el subsidio de EsSalud por la escasa claridad respecto a los documentos que se pueden presentar.
“Algunos obtienen el descanso con un médico ocupacional, pero EsSalud se está resistiendo a la presentación de este tipo de documentación o requiriendo documentación adicional que no se va a poder conseguir. Si me atiendo con el médico ocupacional de la empresa es claro que no habrá un recibo de atención, pues no se paga por la atención médica; o no se tiene receta médica si soy asintomático”, indicó Noriega.
“EsSalud debe establecer nuevos protocolos, pero de momento las empresas tienen problemas para recuperar este dinero”, remarcó.
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Un segundo problema que se viene reportando está referido a los casos de quienes hacen trabajo remoto. La norma para ellos también implica aplicar un periodo mínimo de descanso médico de siete días.
Pero gracias a la vacunación y a que la variante ómicron suele tener una afectación más leve, la persona puede recuperarse en menos días.
Es por ello que Cristina Oviedo, abogada laboralista del Estudio Payet, propone flexibilizar la norma, de manera que en el caso de trabajo remoto se permita volver a laborar en menos de siete días; que el descanso médico acabe cuando la persona ya se sienta en capacidad de volver a laborar.
Con el actual esquema se genera un costo innecesario para la empresa y también se perjudica al propio trabajador que ya quiere volver a laborar antes de los siete días, subraya Oviedo.
“La norma tiene que adecuarse a la evolución de la pandemia. Con la variante ómicron muchas personas tienen síntomas leves por poco tiempo o ni siquiera presentan síntomas y se encuentran aptas para laborar, pero no pueden hacerlo pues la norma lo impide antes de los siete días”, remarcó.
Oviedo también precisó que esta flexibilidad sería solo para el trabajo remoto, pues en el caso del trabajo presencial sí se requiere mantener los siete días de inasistencia para evitar el riesgo de contagiar a los compañeros de trabajo.