(Foto: Grupo EC)
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¿Es posible extender los beneficios laborales que se obtienen por un sindicato minoritario? Este último -cabe precisar- no agrupa a la mayoría de los trabajadores de una empresa.

Por lo tanto, extender los beneficios obtenidos en una negociación a otros trabajadores podría tener el efecto de desincentivar su afiliación, ya que los trabajadores obtendrían los mismos beneficios sindicales sin estar afiliado.

Ante ello el VIII Pleno Jurisdiccional Supremo en Materia Laboral y Previsional (que reúne a los jueces de la Corte Suprema) acordó como regla general no se podrá extender los efectos de un convenio colectivo suscrito por un sindicato minoritario a aquellos trabajadores que no están afiliados al mismo o que no estén sindicalizados.

No obstante, se enumeraron dos excepciones para extender los beneficios obtenidos por un sindicato minoritario a todos los trabajadores de la empresa:

1.- Se podrá extender a todos los trabajadores afiliados o no al sindicato minoritario cuando el propio convenio lo autorice en forma expresa.

2.- Y cuando el empleador decida unilateralmente extender a los demás trabajadores siempre y cuando se refieran a beneficios laborales más favorables al trabajador.

El laboralista, Jorge Toyama, opinó que se debe precisar los criterios para establecer cuando la extensión de los beneficios se considere más favorables y no impliquen un desincentivo para la afiliación al sindicato minoritario.

Anotó que si por negociación colectiva con el sindicato minoritario se obtiene un bono de S/ 100, será más favorable extender un beneficio a todos los trabajadores por un sol y ello no desincentivará la afiliación al sindicato minoritario, pero no podría tener el mismo efecto si el aumento es de S/ 99.9.

Tomado de la Agencia Andina

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