A partir de las diversas denuncias dadas a conocer por parte de extrabajadores parlamentarios, de que sus sueldos eran recortados, surgió la interrogante de si una medida similar se puede aplicar en el sector privado. Al respecto gestión.pe conversó con abogados laboralistas para absolver las dudas sobre el tema.
En principio, no es factible la reducción unilateral de la remuneración del trabajador, sostuvo la abogada María Ángela Vásquez de Aguirre Abogados & Asesores
“Se podría llevar a cabo una reducción si es que hay una causa que lo justifica, como lo que pasó en la pandemia y la crisis coyuntural que todo pasamos. En ese caso se firmó un convenio entre empleador y trabajador, aceptando la reducción y normalmente esto se dio por un tiempo determinado”, expresó.
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“Pero si lo hiciera el empleador unilateralmente, incurriría en una falta y un acto de hostilidad”, anotó María Ángela Vásquez.
Precisamente, Alejandro Navarrete, socio de Navarrete Maldonado Abogados, señaló que la posibilidad de una reducción de las remuneraciones por parte del empleador siempre ha sido un cuestionamiento a lo largo de los años.
Recordó que en algún momento el Tribunal Constitucional y la Corte Suprema habilitaron la reducción unilateral para casos excepcionales, por ejemplo, cuando se sufren pérdidas económicas que ponen en peligro la subsistencia de la fuente de empleo.
En el año 2017 se modificó la norma y se estableció que la reducción de la categoría y de la remuneración constituirá un acto de hostilidad, es por ello que actualmente no existe una habilitación para que el empleador de manera unilateral pueda reducir las remuneraciones, expresó Navarrete.
“Más bien se aplica una norma de la década de los 40 que habilita la reducción de remuneraciones pero siempre vía acuerdo, vía consenso entre las partes”, acotó.
Es decir, que ahora la jurisprudencia acepta que las remuneraciones sólo se pueden reducir cuando media un acuerdo entre el empleador y el trabajador, entonces se deniega la posibilidad de una reducción unilateral.
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¿Qué puede hacer un trabajador ante un recorte de sueldo unilateral?
El trabajador inmediatamente debe enviar una carta notarial al empleador, dándole el plazo de 6 días para que subsane esta hostilidad, explicó María Ángela Vásquez.
Si es que el empleador no subsana, entonces el trabajador, además de presentar su denuncia ante Sunafil para que administrativamente se aplique una sanción al empleador, el colaborador puede acogerse al despido indirecto, por lo que se le debe otorgar una indemnización como si fuera un despido arbitrario, apuntó.
Añadió que ello implica que se le debe pagar al empleado un sueldo y medio por cada año de servicio que haya brindado.
La abogada señaló que lo ideal es primero acudir a la vía administrativa, es decir ante Sunafil, pues los requerimientos que hará, en algunos casos, sirve como un medio disuasivo para que el empleador intente llegar a un acuerdo con el trabajador y le paguen principalmente esta indemnización antes de llegar a la vía judicial.
“El empleador buscará en la vía administrativa una reducción de la multa que le puedan imponer. Es la vía más recomendable y rápida”, comentó.
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¿Cuánto dura un proceso?
Por la vía judicial y con la nueva ley procesal del trabajo, el proceso toma aproximadamente un año el obtener una sentencia en primera instancia y si hay una apelación, que aproximadamente demora unos 6 meses, estaríamos hablando de un año y medio de duración, explicó María Ángela Vásquez .
En algunos casos también lo que se suele dar es la reducción de los bonos, por eso es que siempre es recomendable que exista una política de estos bonos, donde se establezca las razones de su entrega, si es por cumplir determinadas metas, entonces en ese caso no es que se reduzca el sueldo del trabajador, sino que no cumplió con la meta, acotó la abogada , tras subrayar que el sueldo fijo es el que no se puede tocar.
Añadió que toda empresa debe tener una política remunerativa donde se establezcan bajo qué circunstancias se incrementan los sueldos o cómo se van a otorgar los bonos, independientemente, también las empresas pueden manejar una política solo de gratificaciones o bonos extraordinarios. “Es recomendable que esté claramente definido y que cuando ingrese un trabajador se le informe”, apuntó.
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¿Qué ocurre si el empleador reduce las horas de trabajo y por ello la disminución del sueldo?
En tanto, exista un acuerdo entre las partes, esta opción es completamente viable, es decir, la partes sí podrían acordar trabajar menos horas y también pagar menos remuneración, indicó Alejandro Navarrete.
Sin embargo, el empleador no podría hacerlo unilateralmente, pues al final se estaría habilitando una reducción de las remuneraciones, a través de otro camino y que ciertamente podría entenderse como irracional y desde esa perspectiva, el camino para afectar la intangibilidad de las remuneraciones.
Particularmente no recomiendo que se aplique una reducción de horas de trabajo de manera unilateral, pues se expone a una eventual demanda para reintegro de las remuneraciones y beneficios sociales.
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