Las modificaciones a la Ley del IGV planteadas en el decreto legislativo N° 1669 entrará en vigencia después de la publicación de la resolución de Sunat que regule, entre otros, el medio, la forma, los requisitos y/o condiciones para que los contribuyentes puedan confirmar, rectificar o complementar la información del Registro de Ventas e Ingresos y del Registro de Compras. (Foto: Pixabay)
Las modificaciones a la Ley del IGV planteadas en el decreto legislativo N° 1669 entrará en vigencia después de la publicación de la resolución de Sunat que regule, entre otros, el medio, la forma, los requisitos y/o condiciones para que los contribuyentes puedan confirmar, rectificar o complementar la información del Registro de Ventas e Ingresos y del Registro de Compras. (Foto: Pixabay)

Con la publicación del Decreto Legislativo N°1669 que modifica la Ley del IGV, ahora las empresas deberán anotar los comprobantes, notas de débito u otros documentos o formularios donde conste el pago del IGV en el Registro de Compras en el mes de emisión. De no cumplir con este procedimiento en el plazo establecido, las empresas se enfrentarían a la pérdida del crédito fiscal, ¿qué significa?

Estimado(a) lector(a)

En Gestión, valoramos profundamente la labor periodística que realizamos para mantenerlos informados. Por ello, les recordamos que no está permitido, reproducir, comercializar, distribuir, copiar total o parcialmente los contenidos que publicamos en nuestra web, sin autorizacion previa y expresa de Empresa Editora El Comercio S.A.

En su lugar, los invitamos a compartir el enlace de nuestras publicaciones, para que más personas puedan acceder a información veraz y de calidad directamente desde nuestra fuente oficial.

Asimismo, pueden suscribirse y disfrutar de todo el contenido exclusivo que elaboramos para Uds.

Gracias por ayudarnos a proteger y valorar este esfuerzo.