El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) finalmente publicó el reglamento de la nueva Ley de Contrataciones del Estado. “En noventa días calendario entrará en vigor el nuevo marco normativo. Durante dicho periodo, el MEF desplegará acciones a nivel nacional para la difusión y la capacitación de las entidades del Gobierno nacional, regional y local, además de emitir la normativa complementaria que abarca directivas y guías que brindarán herramientas adicionales para su aplicación”, comentó en un comunicado.
Si bien la ley y el reglamento son textos extensos, Gestión conversó Luis Vizcarra Llanos, director general de Abastecimiento del MEF, para conocer algunos de los cambios o conceptos clave.
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Uno de ellos es que el reglamento reconoce y promueve el principio del “Valor por Dinero”. “Tiene que ver con cambiar el paradigma de que ‘lo barato es lo mejor’. Buscamos implementar el principio de ‘Valor por Dinero’ en la que se busca tres ‘E’: economía, eficiencia y eficacia, a efectos de que la compra pública responda a tu real necesidad, independientemente del costo”, subrayó.
El funcionario mencionó que en esta línea desde la Dirección General de Abastecimiento (DGA) emitirán unas guías para instrumentalizar cómo las entidades públicas pueden ir “por el mejor producto. Esta lógica lo que trata es darle una visión de análisis a la contratación pública. No es operativa, no es solo convocar y adjudicar”.
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Proveedores para el Estado peruano
Otro tema relevante está relacionado con los proveedores del Estado: “Lo que hemos buscado es tratar de implementar un mejor acercamiento con el proveedor. Actualmente, cuando queremos un mejor comportamiento, implementamos mecanismos como penalidades, sanciones o resolución de contratos. Lo que busca la regulación nueva es buscar mejores comportamientos de otra manera”.
¿A qué se refiere? Vizcarra Llanos explicó –tal como lo adelantó Gestión en mayo del año pasado– que se buscará medir el desempeño del proveedor. A través de un algoritmo, se analizará el comportamiento del proveedor con el Estado, entre otros. “Se va a poder darle una valoración, por poner un ejemplo, de cinco, cuatro, tres, dos y una estrella. Esto implicará que con 5 estrellas tendrá un puntaje adicional. Con eso, se va a buscar que el proveedor quiera una buena nota”, resaltó.
El funcionario subrayó que estas calificaciones no se han implementado a la fecha y la ley y el reglamento da pie para que se empiece a trabajar en ello.
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Arbitrajes en contrataciones
Vizcarra Llanos resaltó que el foco estará en evitar los conflictos. “Por eso, estamos implementando la Junta de Prevención y Resolución de Disputas (JPRD). Las partes hacen la gestión contractual y la JPRD acompaña. Ese acompañamiento servirá para que se pueda resolver cualquier duda sobre el contrato. En caso se llegue a conflicto, también debería ayudar a resolverlo, para evitar arbitraje”, remarcó.
En un tercer escenario, en caso no funcione la JPRD y la empresa decida ir a arbitraje, esta vez podría escoger si es nacional o internacional: “Lo que la regulación plantea es la posibilidad de ir a un arbitraje internacional. Eso no regulaba (antes)”.
“El foco es evitar los conflictos. La idea es que la JPRD trate de evitarlos. Pero, la norma establece que el arbitraje se genera una vez se haya acabado el contrato a efectos de evitar paralización”, puntualizó.
Otros puntos. Se desarrollan nuevos procedimientos de selección y ejecución contractual, como las compras públicas de innovación, las compras centralizadas, y un marco específico para la regulación de la atención ante situaciones de emergencia. Asimismo, se moderniza la gestión de los contratos de obras para facilitar su ejecución y se fortalece la Junta de Prevención y Resolución de Disputas.
Editora de Economía y coordinadora de ESG del diario Gestión. Licenciada en Ciencias de la Comunicación. Con casi 10 años de experiencia profesional en el rubro.
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