El Congreso está pronto a aprobar un proyecto de ley que busca revivir el uso del programa de clemencia del Indecopi, herramienta mediante la cual personas que forman parte de carteles pueden acudir a la entidad, revelar la existencia del cártel, delatar a los demás actores del mismo, y evitar ser sancionados administrativamente.
Esta herramienta cayó en un virtual desuso, según el Indecopi, luego de que, en el 2020, se aprobase la ley 31040, la cual volvió un delito penal los abusos de posición de dominio en el mercado, así como la conformación de carteles empresariales.
Según el Indecopi, pese a que entre el 2017 y 2018, 10 personas se acogieron al programa, entre el 2021 y lo que va del 2023 solo se han acogido un total de 3 personas (ver gráfico).
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¿Por qué cayó en desuso?
Pierino Stucchi, socio del estudio Stucchi, señala que esta ley generó un efecto negativo sobre el uso del programa de clemencia pues “el que colaborara y se acogiera el programa de clemencia luego podía ser perseguido por el efecto de haber revelado estos hechos en el ámbito penal”.
Es decir, aún si el colaborador estaba exento de responsabilidad administrativa, podía terminar en prisión.
En ese sentido, una norma que buscaba ayudar al mercado terminó perjudicándola más, evitando que se descubran nuevos carteles al desincentivar a las personas que formaban parte de los mismos a delatar su existencia.
Según el proyecto de ley ahora debatido en el Congreso, “la Ley N° 31040 ha imposibilitado el uso de la mejor herramienta para combatir cárteles”.
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¿Qué dice el proyecto?
El proyecto, que ya obtuvo dictámenes favorables en las comisiones de Justicia y de Defensa al Consumidor y que ahora se debatirá en el Pleno del Congreso, introduce dos cambios al Código Penal.
El primer de estos es establecer que el colaborador eficaz que se acoja al programa de clemencia queda exento de responsabilidad penal.
Asimismo, el abuso de posición de dominio dejaría de ser un delito y solo quedaría como tipo penal formar parte de un cártel.
Stucchi señala que esto es positivo ya que el abuso de posición de dominio es una conducta algo difícil de determinar con certeza, y una en la que es difícil de acreditar la existencia de un dolo (intención) por parte de quienes incurren en la misma, siendo una conducta muy gris.
“Esta conducta nunca debió ser criminalizada y este proyecto corrige este error. Las sanciones administrativas que se imponen por la realización de esta conducta y por formar parte de un cartel ya son suficientes, a mi opinión. Un gerente sancionado en sede administrativa por incurrir en estas conductas puede tener su carrera afectada de manera permanente”, explica.
En ese sentido, considera correcto que la exención penal en favor del colaborador que se aferre al programa de clemencia sea total.