El Ejecutivo publicó el Decreto Supremo 006-2022-JUS, mediante el cual se establecieron pautas para la elección de nuevos notarios.
La norma establece criterios tales como el puntaje que deben obtener los postulantes para pasar cada etapa de la evaluación y bonificaciones para ciertos grupos de personas que postulen al cargo, con los que vuelve el proceso menos riguroso.
El decreto, sin embargo, está provocando críticas por parte de los notarios, quienes sostienen que es inconstitucional, ilegal e ilegítimo.
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Pasar el examen con menor nota
Uno de los puntos más importantes del dispositivo es establecer que la nota necesaria para pasar cada etapa del examen de notariado es de 13 sobre 20, y en algunos casos inclusive podría reducirse a 11.
Anteriormente, la nota necesaria para pasar era de 14.
Al respecto, el Colegio de Notarios de Lima señala que se está “afectando el rigor y nivel de exigencia que corresponde a este tipo de concursos de méritos”.
“Ser notario es una función bastante compleja que requiere que, al concurso, se presente gente con calidad académica importante. El notario tiene que saber de derecho civil, comercial, tributario y constitucional. Tiene que tener un cierto nivel. No se puede permitir nada menos”, explicó el decano del Colegio de Notarios de Lima, Enrique Becerra Palomino, a Gestión.
Beneficios para ciertas personas
Asimismo, la norma además estipula que personas con discapacidad o licenciados de las fuerzas armadas, así como aquellos que hayan sido notarios anteriormente tengan una bonificación al aplicar a una nueva plaza.
En concreto, se otorgará una bonificación “por discapacidad” del 15% sobre el puntaje total del examen a las personas que ostenten dicha condición. Además, se le dará una bonificación de 10% a los licenciados de las fuerzas armadas. En el caso de notarios que antes hayan ejercido la función, el beneficio varía entre 1% y 5%, dependiendo de varias condiciones.
Al respecto, Becerra señala que, pese a que es cierto que se dan beneficios en concursos a puestos del Estado, ello no debería aplicarse para el notariado.
“La función notarial no es estatal. Es una función pública pero realizada de manera privada. Quien gana debe usar sus propios recursos para contratar sus oficinas y su personal. El Estado no le da nada,” explica.
Al respecto, el Colegio de Notarios de Lima manifestó en un comunicado que los beneficios creados estarían “infringiendo el principio de igualdad presente en el artículo 2, inciso 2, de la Constitución Política del Perú”.
En dicho comunicado, la entidad señaló que “está evaluando las acciones legales a tomar respecto de este Reglamento”.
A la fecha, se han interpuesto acciones legales por parte de postulantes al cargo cuyos concursos han sido afectados por la nueva norma. Según informó Becerra a Gestión, uno de dichos procesos ya consiguió una medida cautelar a su favor para que se congele el proceso de selección.
Adicionalmente, hay un proyecto en el Congreso para que el Ejecutivo pueda decidir por su cuenta el nombramiento de nuevos notarios.