A comienzos de la cuarentena causada por el covid-19 se emitieron los Decretos de Urgencia 026-2020 y 029-2020, que dispusieron que los trabajadores debían trabajar de manera remota y, si su labor era imposible bajo dicha modalidad, debían ser otorgadas licencias con goce de haber compensables.
El tratamiento de dichas licencias, sin embargo, viene generando diversas dudas, puesto que con el pasar de los años las fechas a compensar se han vuelto inmensurables y un grupo de expertos, congresistas y funcionarios han empezado a sugerir que las compensaciones sean condonadas parcialmente o en su totalidad.
La posición del Ministerio de Trabajo
Ahora, el Ministerio de Trabajo emitió un nuevo informe en el que señala que los días de licencia con goce de haber otorgados en el marco de la pandemia deben ser considerados para efectos del cómputo y récord vacacional.
Es decir, los días en los que el trabajador se encontró en licencia generan el derecho a vacaciones como si hubiesen realizado labor efectiva.
Ello debido a que el Decreto Legislativo 713 señala que toda inasistencia autorizada por ley debe ser considerada como día efectivo de trabajo.
Al respecto, Christa Caro, asociada del estudio Amprimo, señala que la interpretación del MTPE es “respetable, pero no se puede estar de acuerdo con ella”.
Según explica la abogada, el informe contradice la misma norma que cita ya que no está pensada para casos como el de la pandemia, donde se otorgaron licencias compensables, sino que trata de cubrir aspectos como, por ejemplo, los llamados de los bomberos.
“Hay que interpretar la norma en su real contexto. El Decreto Legislativo 713 exige que para que haya goce de vacaciones se debe trabajar un determinado número de días de manera efectiva. El caso de la pandemia es extraordinario y claramente no es el caso que se contemplaba cuando se hizo la norma”, señala.
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Impacto
Esta conclusión es de gran importancia debido a que un número de empresas consideraba que los días en los que el trabajador se encontraba en licencia no generaban derecho a vacaciones.
Germán Lora, socio del estudio Damma, señala que esta es una posición que un número de expertos había contemplado, pero aún existía un número de empresas que no lo reconocía de tal manera.
Cabe indicar que el MTPE adicionalmente señala que debido a que los días de licencia son compensables ello se traduce en trabajo efectivo, a realizarse en una fecha futura, por lo que tiene sentido otorgar las vacaciones correspondientes.
Al respecto, Lora indica que dicha justificación es problemática dado que está en camino una ley que reduciría las horas realmente compensables.
¿Cuántas horas se deben compensar?
Hace poco el Congreso aprobó el proyecto de ley 1097/2020, que establece cómo se deben compensar las horas en las que el trabajador estuvo en licencia con goce de haber en virtud de los decretos de urgencia 026-2020 y 029-2020, que se dieron en el marco de la pandemia.
Dicho proyecto establece que dichas horas podrán ser compensadas mediante trabajo en sobretiempo, capacitaciones o en contra de vacaciones ya adquiridas.
Sin embargo, cada hora de trabajo en sobretiempo o dedicada a las capacitaciones fuera de la jornada, compensará tres horas de licencia con goce de haber y que, cada día de vacaciones equivaldrá a tres días de licencia con goce de haber.
Es decir, una vez que la norma sea promulgada por el presidente, no todos los días de licencia se entenderán como efectivamente laborados, ya que los días a compensar se habrán reducido, efectivamente, en un tercio.
El efecto que tendría dicha norma en el cálculo de vacaciones aún no ha sido analizado por el Ministerio.
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Respecto al proyecto, Lora señala que abre una alternativa para que las empresas “puedan argumentar que, como no ha habido compensación total de las horas, no forman parte de las vacaciones siguiendo la línea de lo establecido por el MTPE en este informe”.
Agrega que también se crea la peligrosa posibilidad de que, si un empleador le otorgó vacaciones a un trabajador utilizando los días de licencia con goce para el cálculo, ahora el trabajador tendría que “devolver” las horas correspondientes a lo que no sería compensable, sea con trabajo o económicamente.