Aún se pueden aplicar multas que ascienden hasta 26.12 UIT (S/129,294).
Aún se pueden aplicar multas que ascienden hasta 26.12 UIT (S/129,294).

El año pasado el Ministerio de Trabajo (MTPE) publicó el Decreto Supremo 001-2022-TR, que restringió el uso de la tercerización laboral. Luego de ello, el Indecopi suspendió la aplicación de la parte de la norma referida a la tercerización de labores contempladas dentro del “núcleo” del negocio. Sin embargo, otras partes de la norma no se suspendieron. En consecuencia, la Sunafil y el MTPE aún se encuentran facultados para fiscalizar a las empresas por temas relacionados a la tercerización laboral e imponer sanciones.

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