Este mes, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea publicó la sentencia C-393/2021, mediante la cual se obliga a una empresa contratante a pagar por los lentes de su trabajador si su uso es necesario para el desarrollo de sus labores. Ello ha despertado algunas preocupaciones en el mercado local, debido a la posibilidad de su aplicación en las relaciones laborales en el Perú.
En el caso específico, el trabajador indicó que trabajaba con varias pantallas en su día a día y que, en el ejercicio de sus funciones, estuvo expuesto a luz “visible discontinua”, a una falta de luz natural y a una sobrecarga “neuropsíquica”, por lo que sufrió una “importante pérdida de agudeza visual”, razón por la cual el médico especialista le prescribió un cambio de lentes. Ello llevó a que el Tribunal fallase a su favor y se le ordenase al empleador pagar por dicho cambio.
Ahora bien, ¿esto podría replicarse en el Perú? ¿Un trabajador puede demandar a su empleador para que le compre nuevos lentes si su visión empeora y su ambiente laboral está detrás de ello?
¿Aplica en el Perú?
Según explica Jorge Toyama, socio del estudio Vinatea & Toyama, un caso así sí podría darse en el Perú. Al respecto, señala que no se requiere de una ley general o especial para la aplicación de dicha prerrogativa.
El abogado señala que si un trabajador tiene una recomendación médica de usar lentes para no cansarse mientras usa pantallas, la empresa estaría obligada a proveerle los mismos.
“Hay que entenderlo como los trabajadores que laboran en el campo y requieren de uniforme largo, sombreros que cubran el cuello y orejas y protector solar”, explica Toyama, quien indica que al final del día, terminan siendo equipos de protección personal que responden a las condiciones laborales a las que son expuestos los trabajadores.
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Toyama recalca que no se trata de lentes de vista, sino lentes especiales que ayudan a no cansarse debido a que trabaja con pantallas todo el día.
“Hay gente que reporta dolor de cabeza luego de horas de trabajar y no sabe por qué y la razón es la exposición continua y larga a pantallas. Si el trabajador va al médico ocupacional y este último le dice que es necesario contar con lentes, ello manda”, agrega.
Según explica el abogado, hoy en día muchas personas trabajan con pantallas, en especial ahora que el trabajo remoto se ha popularizado, por lo que potencialmente podría haber varios casos de personas que podrían acceder a esta prerrogativa si fuesen diagnosticados por un médico ocupacional.
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Por su parte, Flavia Granados, asociada senior en el estudio DLA Piper, indicó que encuentra difícil que una situación como la que se dio en Europa se replique en el Perú de la misma manera.
“La obligación del empleador aún no llega al nivel personal de cada trabajador. Es decir, el empleador asume el costo relacionado a los equipos necesarios para realizar las labores de manera adecuada, más no aquellos gastos específicamente la situación de cada trabajador. Si uno tiene mal el brazo y requiere de un respaldar especial para dicho brazo, por ejemplo, ello aún no tiene que ser cubierto por el empleador, según la postura de una mayoría de jueces”, explica la abogada.
Sin embargo, asegura que es altamente probable que eventualmente sí se llegue a ello. “Estamos yendo en ese camino y no dudo que en unos años ello se vuelva una realidad. Sin embargo, actualmente, temas como el pago de lentes son un poco adelantados”, agrega.