La casilla electrónica se encuentra en el Sistema de Solicitudes de Información, herramienta informática del portal de Prevención de Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo. (Foto: GEC)
La casilla electrónica se encuentra en el Sistema de Solicitudes de Información, herramienta informática del portal de Prevención de Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo. (Foto: GEC)

La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP () incluyó a la casilla electrónica como un canal para la notificación de documentos a los sujetos obligados directamente supervisados por la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF-Perú) a fin de agilizar la labor de supervisión.

La medida se dispuso mediante Resolución 1982-2020 publicada en el diario El Peruano.

La casilla electrónica se encuentra en el Sistema de Solicitudes de Información, herramienta informática del portal de Prevención de Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo (PLAFT), a través de la cual la UIF-Perú solicita, a los sujetos obligados, información y/o documentación para el cumplimiento de sus funciones, y cursa notificaciones en el marco de su actividad de supervisión.

La norma establece que el depósito del documento electrónico en dicha casilla podrá efectuarse en cualquier momento y se entenderá notificado en ese acto, salvo que el mismo se hubiera producido en un día no hábil o después de las 16:30 horas de un día hábil.

En ese caso, la notificación se entenderá como efectuada a las 08:30 horas del día hábil siguiente.

También, precisa las obligaciones de los sujetos obligados al respecto: revisar periódicamente la casilla electrónica asignada para tomar conocimiento de los documentos y/o actos administrativos que se le notifiquen.

Así como mantener operativo su correo electrónico y/o servicio de mensajería para recibir las alertas del Sistema, y mantener la confidencialidad y adoptar las medidas de seguridad del nombre del usuario y la clave de acceso a la casilla asignada al oficial de cumplimiento.

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