Hace aproximadamente un mes, la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (Sunat) emitió un informe interpretando el Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta.
Este se refirió a las actividades publicitarias de los influencers peruanos, quienes por el desarrollo de sus actividades -según el texto- deben pagar un impuesto de 29.5% (renta de tercera categoría).
Pablo León, asociado senior del área Tributaria del Estudio Rebaza, Alcazar & De Las Casas explica que esto no se trata de una nueva norma, pero lo que ha causado el asombro de las estrellas de Internet es que todas las rentas califican como de tercera categoría.
¿Por qué? De acuerdo con la Sunat, todos los influencers cuentan con capital para el desarrollo de su trabajo como cámaras profesionales, sets, entre otros.
“En realidad, siempre está presente la combinación de capital más trabajo en las actividades de los influencers” precisa Pablo León. Y allí la controversia, porque hay quienes podrían calzar en una renta de cuarta categoría.
Es decir, que son generadores de contenido, pero no necesariamente tienen un equipo de trabajo o un ánimo empresarial. Muchos de ellos usan sus propios recursos como un smartphone.
¿Y los que tienen bajo alcance? “En principio, todos los influencers deben tributar sin importar el nivel de ingresos, pero la discusión sobre el informe es que algunas rentas pueden calificar de cuarta categoría y no todos a la tercera como una medida plana”, sostiene.
Bajo la lupa
¿Qué puede ocurrir tras la interpretación de la Sunat? “Los influencers que no estén inscritos y no hayan tramitado, la entidad lo puede realizar de oficio”, indica Pablo León. Así, los incorpora de forma progresiva.
El otro escenario, es que muchos hayan considerado que pertenecen a la cuarta categoría porque trabajan independiente o emiten recibos por honorarios. “De ser fiscalizados, la Sunat les va ha recategorizar y les exigirá el pago de impuestos por los últimos cuatro años”, sostiene León.
Asimismo, dice, les pedirán sus registros contables, la emisión de facturas o boletas y se les aplicarán las sanciones que correspondan.
El dato
Una salida. Si el influenciador estuvo dentro de la renta de cuarta categoría en los últimos años (hasta antes de publicado el informe) y Sunat lo fiscaliza, Pablo León sugiere que se inicie un proceso tributario a nivel administrativo para efectuar el reclamo. “En una segunda instancia, podría emitirse un pronunciamiento distinto respecto al tema”, comenta.