Indecopi. (Foto: GEC)
Indecopi. (Foto: GEC)

A través del Radar de Barreras del nuevo portal de Eliminación de Barreras Burocráticas, el recordó a las municipalidades de todo el país que la imposición de un plazo de vigencia a las autorizaciones de anuncios publicitarios constituye una ilegal.

La mencionada imposición ha sido declarada ilegal en reiteradas resoluciones, ya que solo por ley, decreto legislativo o decreto supremo (excepcionalmente) se puede establecer un plazo de vigencia para autorizaciones u otro tipo de títulos habilitantes, como es el caso de la autorización de

Por ello, mientras no se cumpla dicha condición las autorizaciones tienen vigencia indeterminada, según la Ley del Procedimiento Administrativo General.

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Asimismo, el Indecopi señaló que de acuerdo con el Decreto Legislativo N°1256, puede sancionar con multas de hasta 20 UIT (S/ 107,000) a la entidad que imponga un plazo a la vigencia de las autorizaciones otorgadas para la realización de , sin que exista una ley especial que disponga expresamente tal plazo.

Lo resuelto por el Indecopi no desconoce las competencias que tienen las municipalidades para evaluar y verificar las condiciones de seguridad y cambios en los anuncios, según lo señalado en el Texto Único Ordenado de la Ley N°28976, Ley Marco de Licencia de Funcionamiento y la Ley N°27972, Ley Orgánica de Municipalidades.

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