El presidente del Consejo de Ministros de Perú, Alberto Otárola, señaló que se aprobó un nuevo proyecto de ley que busca modificar el sistema concursal. Este proyecto ahora tendrá que ser enviado al Congreso de la República a efectos de que pueda ser convertido en ley.
“Se va a modificar el Código Civil para reforzar el procedimiento concursal, priorizando su eficiencia y la exigibilidad de las deudas concursables”, señaló Otarola.
El premier resaltó que al ser el proceso concursal de gran importancia, es necesario modificar el sistema con la finalidad de ayudar a los que se encuentran inmersos en el mismo.
El comentario del premier ha sido algo genérico, sin embargo. Al respecto, Pierino Stucchi, socio del estudio Stucchi, señala que los cambios que se tendrían que realizar al sistema no deberían hacerse mediante una modificación al Código Civil, sino a la Ley General del Sistema Concursal.
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Cambios a realizarse
El abogado comenta, sin embargo, que no considera que la ley requiera de muchos cambios, ya que los problemas se encuentran en otros lugares.
“Se podrían eliminar algunas instancias en ciertos casos, en los que se deben pasar por una comisión y Tribunal para llegar a una decisión. Esto en aras de acelerar el procedimiento y se podría indicar que los miembros del Tribunal sean a tiempo completo, pero no hay mucho más que cambiar, a mi opinión”, señala el abogado.
Agrega que “quizás se podría liberar al Indecopi de las restricciones presupuestales para contratar a las personas en las cantidades suficientes y con la experiencia necesaria para administrar con rapidez estos temas, pero eso no se ve en el Código Civil”. Además, considera que el problema a resolver depende más de la disciplina y cultura institucional del Indecopi.
“Los principales retos con relación al proceso concursal son dos: la falta de celeridad y de predictibilidad. Necesitamos que ante situaciones similares las decisiones sobre la validez de un crédito o sobre su exigibilidad sean predecibles, no que haya decisiones distintas ante una misma situación pero, nuevamente, este no es un asunto que se corrige con una modificación legislativa”, señala el abogado.
Además, el abogado agrega que una modificación legislativa debiera abrir las posibilidades de ampliar la cantidad de entidades que puedan cumplir funciones liquidadoras de empresas.
“Debe preverse la apertura para ello, estimular la competencia en la ley. Debe lograrse que puedan cumplir funciones liquidadoras no solamente aquellos registrados ante el Indecopi como tales, sino consultoras con capacidad, aprobadas por los acreedores en Junta de Acreedores, por ejemplo auditoras, equipos consultores conformados para el caso concreto, entre otros”, señala Stucchi.
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Anteriormente, Reinaldo Espinosa, presidente de Concordia Investment, señaló que los procesos concursales en América Latina eran muy poco claros con relación al tratamiento de nuevos acreedores que pueda adquirir la empresa mientras está en el proceso concursal, lo cual ahuyentaba a posibles bancos que pudiesen querer financiar la reestructuración de empresas en problemas.
Sin embargo, esto no tiene mucho que ver con la “exigibilidad de las deudas” de la que habló Otarola.
Anteriormente el Indecopi ya había señalado que venía trabajando una reforma al sistema concursal, según anunció en su momento la entonces presidenta del Indecopi, Hania Pérez de Cuellar. Este fue elaborado con un número de expertos en la materia. Sin embargo, nunca se hizo mayor comentario al respecto.