El alambrón investigado tiene entre 5.5 mm y 16 mm de diámetro y es utilizado para fabricar estructuras metálicas y elementos de refuerzo. (Foto: Indecopi)
El alambrón investigado tiene entre 5.5 mm y 16 mm de diámetro y es utilizado para fabricar estructuras metálicas y elementos de refuerzo. (Foto: Indecopi)

El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (), a través de la Comisión de Dumping, Subsidios y Eliminación de Barreras Comerciales No Arancelarias, decidió aplicar (sobretasas) a las importaciones de alambrón de acero originario de China.

Esta medida, impuesta a través de la Resolución N° 003-2025/CDB-INDECOPI, , debido a que en el mercado local se estaría vendiendo este producto de acero a precios artificialmente bajos, por parte de exportadores chinos, lo que habría afectado de forma importante a la producción nacional.

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El alambrón de acero es una materia prima para la industria metalmecánica y la construcción. De acuerdo con la investigación preliminar efectuada por la Comisión, las importaciones del producto chino crecieron en más de 130% entre 2021 y 2024, y se vendieron a precios por debajo de los costos nacionales, provocando una reducción en las ventas, utilidades y participación de mercado de la industria local.

Ante esta situación, y para evitar que el daño económico siga agudizándose mientras se desarrolla la investigación, la Comisión determinó aplicar un derecho antidumping provisional de US$ 64.6 por tonelada de alambrón importado desde China.

Esta medida tendrá una duración de cuatro meses, contados desde el día siguiente de la publicación de la resolución correspondiente en el diario oficial El Peruano.

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