Sunat. (Foto: GEC)
Sunat. (Foto: GEC)
Redacción Gestión

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria () amplió el plazo final para que las personas naturales presenten su Declaración Jurada Anual del

La medida aplica para quienes perciben ingresos de rentas del trabajo, y otras fuentes, y se hará efectiva según el último dígito del Registro Único de Contribuyentes (), conforme a la Ley 31940.

De esta manera, el nuevo cronograma establece como fecha de vencimiento más próxima el 26 de mayo y se extiende hasta el 9 de junio del 2025, según el siguiente detalle:

LEA TAMBIÉN: Sunat cambió de criterio sobre la obligación de pagar impuestos en consultorías online

recuerda que este trámite puede realizarse fácilmente a través del Formulario Virtual 709, disponible en el siguiente y en el APP Personas, desde cualquier dispositivo móvil. A la fecha, más de 463,000 contribuyentes sin negocio ya cumplieron con esta obligación tributaria, anticipándose al cronograma.

El sistema permite acceder a un archivo personalizado con información referencial de rentas, gastos, retenciones y pagos, que debe ser verificado y, de ser el caso, completado o corregido antes de enviar la declaración.

¿Quiénes deben declarar?

Están obligados a presentar la declaración de Renta 2024:

  • Trabajadores en planilla (quinta categoría) que deduzcan gastos por alquiler de inmuebles.
  • Quienes perciban rentas de cuarta y/o quinta categoría o ingresos del extranjero, y tengan saldo a favor.
  • Personas que atribuyan gastos por arrendamiento a sus cónyuges o concubinos.
  • Quienes tengan saldo a pagar por rentas de primera, segunda o de trabajo.
  • Contribuyentes que arrastren saldos a favor de ejercicios anteriores.

estima que, durante esta campaña, más de 848,000 personas naturales presentarán su declaración. Los recursos recaudados son clave para financiar servicios esenciales del Estado como salud, educación, seguridad e infraestructura.

Para más detalles sobre el cronograma, o los pasos para declarar, ingresa al siguiente .

TE PUEDE INTERESAR

Sunat busca retener pagos con tarjetas en negocios, si tienen deudas tributarias

Estimado(a) lector(a)

En Gestión, valoramos profundamente la labor periodística que realizamos para mantenerlos informados. Por ello, les recordamos que no está permitido, reproducir, comercializar, distribuir, copiar total o parcialmente los contenidos que publicamos en nuestra web, sin autorizacion previa y expresa de Empresa Editora El Comercio S.A.

En su lugar, los invitamos a compartir el enlace de nuestras publicaciones, para que más personas puedan acceder a información veraz y de calidad directamente desde nuestra fuente oficial.

Asimismo, pueden suscribirse y disfrutar de todo el contenido exclusivo que elaboramos para Uds.

Gracias por ayudarnos a proteger y valorar este esfuerzo.