En el Perú hay dos reglas fiscales para los gobiernos regionales y locales que se establecieron a través del Decreto Legislativo N° 1275: Regla fiscal del Saldo de Deuda Total (RF-SDT) y del Ahorro en Cuenta Corriente (RF-ACC). En este contexto, Gestión analizó la situación de cada una de las municipalidades, ¿quiénes incumplen con dichas reglas y qué implicancias tiene?
De acuerdo con información del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) a septiembre, hay 1,829 gobiernos locales (96.7% de un total de 1,891) que se encuentran en la zona de cumplimiento de la RF-SDT. Es decir, son 61 los que incumplen (no se incluye a la Municipalidad Metropolitana de Lima por su condición de exceptuada).
A esos, se suman 31 gobiernos locales (GL) que se encuentran en alto riesgo de incumplimiento (ratio de la RF-SDT entre 80% y 100%).
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Para precisar, el valor calculado de la RF-SDT se obtiene de la relación entre el Saldo de Deuda Total (SDT) y el promedio anual de los Ingresos Corrientes Totales de los últimos 4 años (ICT Prom).
“Los 61 GL que se encuentran en la zona de incumplimiento de la RF-SDT, registran, en conjunto, una deuda de S/ 4,327 millones (35.5% del SDT de los GL)”, menciona el MEF en su análisis.
Las municipalidades provinciales de Grau-Chuquibambilla y Chincheros (Apurímac) presentan ratios de incumplimiento de esta regla fiscal superiores a 200%. En cuanto a las municipalidades distritales, La Victoria, Breña y San Martín de Porres (Lima), Caja (Huancavelica), Progreso (Apurímac) y Eten Puerto (Lambayeque) presentan los más altos ratios de la RF-SDT, superiores a 340%.
El 15.4% del SDT de los GL se concentra en 10 municipalidades de la provincia de Lima, las cuales están en la zona de incumplimiento de la regla.
Municipalidad Metropolitana de Lima: Según el artículo 8 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1275, la Municipalidad Metropolitana de Lima está exceptuada del cumplimiento de las reglas fiscales y la aplicación de las medidas correctivas, debido a que cuenta con un nivel de clasificación de riesgo igual o superior a BBB+ o su equivalente, extendida por dos empresas clasificadoras de riesgo, Apoyo y Asociados y Pacific Credit Rating.
Sobre la otra regla fiscal, la RF-ACC, son 1,832 de los 1,891 GL (96.9% de GL) que se encuentran en la zona de cumplimiento. Esos 1,832 GL tienen, en conjunto, un superávit corriente ascendente a S/ 10,533 millones.
Vale decir que la RF-ACC es la diferencia entre el Ingreso Corriente Total (ICT) y el Gasto Corriente No Financiero Total (GCNF) para el año de evaluación.
Las municipalidades de San Marcos (Áncash) y Megantoni (Cusco) registraron los mayores superávits corrientes, superiores a S/ 200 millones cada uno. Por otro lado, los 58 GL que se encuentran en la zona de incumplimiento, presentan un déficit corriente que asciende a S/ 21 millones. Entre las municipalidades provinciales que presentan mayor déficit corriente se encuentran la Municipalidad Provincial de Callao y la Municipalidad Distrital de La Perla con déficits corrientes superiores a S/ 1 millón, cada uno.
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Análisis de la situación
Para aterrizar estos números, Carlos Oliva, presidente del Consejo Fiscal (CF) comenta las implicancias de que algunas municipalidades no cumplan con dichas reglas fiscales.
“La regla que más se incumple es la de deuda sobre ingresos. Son municipalidades que tienen serios problemas de sostenibilidad fiscal, no tienen unas finanzas públicas sanas. Va a ser muy difícil que puedan tener los recursos necesarios para darle el servicio de calidad que merece la población. Si tu saldo de deuda es muy alto, esto significa que deberías pagar intereses por esa deuda, lo que resta dinero para obra pública, servicios, etcétera. Hay un efecto negativo sobre la calidad de los servicios públicos”, dice.
El también exministro de Economía y Finanzas del Perú agrega que: “lo que te está diciendo la data es que hay un grupo de municipalidades que recurrentemente tienen problemas de solvencia, es un problema estructural”.
Frente a ello, considera que no se puede pensar que representan un porcentaje menor del total de municipalidades, por el contrario, debería haber una política del Gobierno para solucionar este problema.
“Cuando fui ministro (de Economía y Finanzas) empezamos a trabajar un esquema para resolver este problema, que era un programa de apoyo que funcionaba de la siguiente manera: le dabas los fondos para aliviar el problema que tenían y a cambio esas municipalidades tenían que hacer una serie de reformas”, recuerda.
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Medidas correctivas
El Decreto Legislativo N° 1275 dicta medidas correctivas para las municipalidades -y regiones- que incumplan con las reglas fiscales antes expuestas.
Son tres en particular: monitoreo preventivo; impedimento de concertar nuevas operaciones de endeudamiento de corto plazo en el marco del Sistema Nacional de Endeudamiento; e impedimento de acceder a la opinión favorable del MEF para la suscripción de un nuevo contrato de Asociaciones Público Privadas (APP) o de un nuevo convenio de Obras por Impuestos (OxI) para ejecutar proyectos de inversión pública que impliquen un mayor endeudamiento o mayores compromisos sobre los recursos futuros de las entidades sujetas a medidas correctivas.
“Los gobiernos regionales y locales sujetos a medidas correctivas deben remitir al Ministerio de Economía y Finanzas y a la Contraloría General de la República, antes del 31 de julio de cada año, el documento “Compromisos de Ajuste Fiscal” (CAF), con arreglo a lo dispuesto en el reglamento”, refiere del Decreto Legislativo.
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Editora de Economía y Finanzas del diario Gestión. Licenciada en Ciencias de la Comunicación. Con 9 años de experiencia profesional en el rubro.