
El Congreso de la República publicó este jueves 20 de marzo la Ley 32262, que tiene por objeto proteger a los usuarios ante cobros excesivos como consecuencia de lecturas atípicas por los servicios de abastecimiento de agua potable y saneamiento.
El documento señala que “los usuarios de categoría residencial, ante la existencia de lecturas atípicas, donde no se revele la existencia de fugas, tendrán el derecho de obtener nuevas facturaciones conforme al promedio histórico de consumo, sin límites de eventualidades que pudiera presentarse durante el periodo de 12 meses”.
El reglamento también establece los demás derechos y las obligaciones de los usuarios de los servicios de saneamiento.
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Disposición complementaria
La Superintendencia Nacional de Servicio de Saneamiento (Sunass) debe adecuar el Reglamento de Calidad de la Prestación de los Servicios de Saneamiento en un plazo de 60 días calendario contados a partir de la publicación.
“Habiendo sido reconsiderada la Ley por el Congreso de la República, insistiendo en el texto aprobado en sesión del Pleno realizada el día 17 de noviembre del 2022, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 108 de la Constitución Política del Perú, ordeno que se publique y cumpla”, concluye el dispositivo legal.