Mediante la Resolución Suprema N° 011-2024-Minam, el Ejecutivo crea la “Comisión Multisectorial de Compras Públicas Sostenibles”, dependiente del Ministerio del Ambiente, con el objeto de elaborar el informe técnico que contenga la propuesta del Plan de Acción Nacional de Compras Públicas Sostenibles y las sugerencias dirigidas a las entidades para que desarrollen los acuerdos técnicos y mecanismos operativos para dichas compras.
Dicho grupo de trabajo tiene la función de elaborar el informe técnico que contenga la propuesta del plan y las sugerencias dirigidas a las entidades para que desarrollen acuerdos técnicos y mecanismos operativos para las compras.
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¿Quiénes la conforman?
La comisión multisectorial está conformada por:
- El/la Viceministro/a de Gestión Ambiental del Ministerio del Ambiente, quien lo preside.
- Un/a representante del Viceministerio de Hacienda del Ministerio de Economía y Finanzas.
- Un/a representante del Viceministerio de MYPE e Industria del Ministerio de la Producción.
- Un/a representante del Viceministerio de Electricidad del Ministerio de Energía y Minas.
- Un/a representante del Viceministerio de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.
- Un/a representante del Viceministerio de Transportes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones.
- Un/a representante del Viceministerio de Construcción y Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento.
- Un/a representante del Viceministerio de Desarrollo de Agricultura Familiar e Infraestructura Agraria y Riego del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego.
- Un/a representante del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE).
- Un/a representante de la Central de Compras Públicas (Perú Compras).
- Un/a representante del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (Serfor).
- Un/a representante del Instituto Nacional de Calidad (Inacal).
Los integrantes cuentan con un representante alterno y ejercen sus funciones ad honorem.
La norma también indica que, para el cumplimiento de su objeto, la comisión a través de la secretaría técnica, puede solicitar la colaboración, opinión y aporte técnico de los órganos, unidades orgánicas, programas, organismos públicos en los distintos niveles de gobierno, así como de entidades privadas y organizaciones de la sociedad civil, en calidad de invitados, a efectos que contribuyan con el cumplimiento de su función.
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Asimismo, los representantes titulares y alternos de las entidades públicas son designados mediante resolución del titular de la entidad correspondiente, la cual es comunicada a la secretaría técnica de la comisión multisectorial, dentro del plazo de 30 días hábiles, contado a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución suprema.
La norma también refiere que el equipo de trabajo se instala en el plazo máximo de siete días hábiles, contado a partir del día siguiente del vencimiento del plazo.
Los gastos del funcionamiento de la comisión se financian con cargo al presupuesto institucional del Ministerio del Ambiente, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público.
El plazo de vigencia de la comisión es de 18 meses, contado a partir de su instalación.
En un plazo máximo de 30 días hábiles, contado a partir del día siguiente de su instalación, el Minam aprueba el reglamento interno, el cual debe contener como mínimo el régimen de periodicidad, quórum, reglas de votación y reglas de aprobación de acuerdos.
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