Congreso. (Foto: GEC)
Congreso. (Foto: GEC)
Redacción Gestión

El publicó una ley que tiene por objeto otorgar una bonificación económica mensual a los calificados como Defensores de la Patria, es decir, a los excombatientes de 1933, 1941, 1978, 1981 y 1995 y que se encuentran debidamente registrados en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de los Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP) al 31 de julio del 2023.

Los calificados percibirán una bonificación de S/ 3,075, ello sin perjuicio de cualquier otra remuneración, pensión o bono que perciban.

Este monto no tiene naturaleza remunerativa ni carácter pensionable, no se encuentra sujeta a cargas sociales ni forma parte de los beneficios laborales y es de carácter vitalicio e intransferible.

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La norma también indica que se tiene por finalizado el proceso de registro de beneficiarios, al 31 de julio del 2023, de forma definitiva en el AIRHSP, respecto de los calificados como Defensores de la Patria, bajo responsabilidad del titular del pliego.

Se autoriza al para realizar modificaciones en el nivel funcional y programático, de conformidad con sus competencias, a fin de garantizar el pago oportuno de la bonificación económica mensual.

Asimismo, el Poder Ejecutivo dicta las medidas correspondientes para el cumplimiento de lo dispuesto por la presente ley, dentro de un plazo de sesenta días hábiles contados a partir del día siguiente de su vigencia.

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