El Gobierno oficializó este 31 de diciembre cambios a la ley que regula el régimen de Contratación Administrativa de Servicios (CAS). Con ello, se agregaron varias nuevas precisiones que permitirían regular de mejor forma las encargaturas que reciban estos trabajadores estatales en cargos de confianza.
Mediante la ley Nº 32223 se ha establecido que, en caso un trabajador CAS indeterminado sea nombrado en un cargo de confianza o puesto de dirección, tenga un reemplazo en su puesto inicial.
“Su posición de origen es cubierta mediante un contrato CAS temporal, cuya duración es hasta el término de dicha designación. El incumplimiento de esta disposición genera responsabilidad en el responsable de la oficina de recursos humanos de la entidad”, señala el dispositivo legal.
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Además, se establece que una vez terminada su función como servidor de confianza, el trabajador CAS podrá retornar a su posición original. “El servidor de carrera o en condición de contrato permanente con una continuidad mayor a cinco años, designado para desempeñar cargo político, de dirección o de confianza tiene derecho a retornar a su grupo ocupacional, nivel de carrera o plaza, al concluir la designación”, indica la norma.
En otro extremo modificado de la ley Nº 32223, incluso, se indica que un contrato CAS establece como un derecho “percibir la remuneración prevista para el cargo de confianza o para el puesto de dirección designado o encargado; y retornar a su puesto de origen terminada la designación o encargatura”.
De igual manera, se establece que el servidor de carrera que asuma un cargo de confianza o puesto de dirección en el Estado tiene el derecho a recibir una constancia o certificado de trabajo por el período que ha asumido dicho puesto.
Con la entrada en vigencia de la ley Nº 32223, el Poder Ejecutivo tendrá ahora 30 días naturales para adecuar los reglamentos respectivos en el ordenamiento legal peruano a las nuevas disposiciones de esta norma.
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