A mediados de febrero, el pleno del Congreso de la República aprobó un dictamen que busca garantizar la transparencia de las instituciones prestadoras de servicios de salud, sean públicas, privadas o mixtas, respecto de los servicios, productos o dispositivos médicos que ofrecen.
La norma tiene una serie de medidas que obliga a las clínicas privadas a otorgar información, no solo de las tarifas que cobra a los pacientes, sino también de todos los costos en los que incurre para llegar a dicho monto.
Además, establece la posibilidad de que los pacientes puedan resolver los contratos con estas entidades en cualquier momento, si no están de acuerdo con las tarifas o el servicio, así como se da la potestad a SuSalud de sancionar lo que denominan “aprovechamiento económico abusivo”.
Sin embargo, el presidente de la República, Francisco Sagasti observó la autógrafa que fue remitida a su despacho.
Afectación
De acuerdo con el Poder Ejecutivo el obligar a las clínicas y centros privados de salud, a pedido de cualquier usuario o entidad estatal competente, como señala la autógrafa observada, sobre los costos fijos y variables de producción de cada una de sus prestaciones, incluyendo su justificación, va en contra de la libertad de empresa protegida en la Constitución.
Señala que, para que se dé una medida de este tipo debe existir un “test de proporcionalidad” que lo justifique, como sí sucede con el Decreto Legislativo 1476 por el que los colegios privados están obligados a proveer información sobre sus costos de producción, porque el servicio educativo fue afectado y es desarrollado de manera virtual y los padres de familia tienen el derecho de conocer qué costos son los que corresponden cobrar y cuáles no.
“La exigencia de información sobre los costos privados de producción, puede constituir un instrumento para ejercer regulación de precios y márgenes operativos de las Ipress”, señala el documento.
Fijación de precios
Otro de los temas cuestionados por el Gobierno, es que la norma del Congreso pretende regular lo que la autógrafa denomina “aprovechamiento económico abusivo”, pero sin una definición de lo que esto significa.
“La norma aprobada contiene un mandato para que SuSalud lleve a cabo una comparación entre el precio establecido por las clínicas privadas y un supuesto precio justo o equitativo que es fijado por dicha entidad. Es decir, que los precios no son fijados por los agentes económicos sino por una entidad de la administración pública”, señala la observación del Gobierno.
Cifras y datos
Medicamentos. La autógrafa señala que SuSalud debe verificar los precios de medicinas en farmacias de clínicas, cuando esa función es competencia de Digemid.
Secreto. Se señala que la autógrafa afecta el secreto comercial de las clínicas privadas, pues expondrían su estructura de costos a cualquier persona, así como sus estados financieros a SuSalud.